J. Sierra , Valencia El Gobierno valenciano elude desde al menos junio de 2006 asumir las competencias de gestión sobre los ríos que nacen y desembocan en territorio de la Comunitat y entre los que se encuentran todos aquellos cauces en los que ha criticado una presunta falta de atención por parte de la Confederación Hidrográfica del Júcar, organismo que mantiene la gestión de los mismos ante el desinterés del Consell por estas competencias. Según confirmaron fuentes oficiales a Levante-EMV , el primer contacto para la transferencia de las competencias sobre los ríos valencianos se produjo el 14 de julio de 2005, es decir, hace algo más de dos años.
El Director General de Desarrollo Autonómico del Ministerio de Administraciones Públicas, Enrique Gómez Campo, responsable de la negociación de las transferencias a las Comunidades Autónomas, emplazó a la Generalitat Valenciana a que se pronunciara «sobre el inicio de la negociación del traspaso en materia de recursos y aprovechamientos hidráulicos correspondientes a las cuencas intracomunitarias».
Las cosas de Palacio van despacio y a veces asombrosamente lentas: el 2 de febrero de 2006, siete meses después del primer contacto, Paula Sánchez de León Guardiola, Secretaria Autonómica de Relaciones con el Estado y Comunicación, respondía al ministerio trasladándole su posición favorable a la apertura de una negociación «sin perjuicio de las consideraciones y condiciones que planteará en cuanto al contenido de la transferencia, centradas fundamentalmente en que sea la Generalitat Valenciana la que asuma la gestión sobre todas las cuencas intercomunitarias en su territorio y de que a efectos de planificación, la Demarcación Hidrográfica del Júcar deberá mantener los actuales límites de la Cuenca Hidrográfica del Júcar e incluir por tanto las cuencas hidrográficas valencianas».
« Status» administrativo La adopción de estos condicionantes está justificada en el interés del Gobierno valenciano de no alterar el actual status administrativo y de gestión del río Júcar, manteniendo su mayor peso en los órganos de gestión y dirección e incluso la sede de la Confederación Hidrográfica del Júcar, un control al que aspira Castilla-la Mancha argumentando su mayor peso territorial en la cuenca geográfica del Júcar, que no incluiría los ríos valencianos como el Serpis, el Gorgos, el Girona, etc.
En junio de 2006, y en otro alarde de rapidez, Enrique Gómez responde desde el ministerio de Administraciones Públicas, tras consultar con el de Medio Ambiente, y comunica la disposición del Gobierno central a celebrar una reunión en la que «coincidiendo con vuestro planteamiento, estimo que debería avanzarse en el primer paso que es la propia delimitación del ámbito del traspaso».
«Para concretar este paso,-- añade la carta-- te ruego que nos trasladéis, a través de la Secretaria de la Comisión Mixta (de transferencias) una propuesta de fechas posibles por vuestra parte a partir de la segunda quincena del mes de junio» .
Desde entonces (junio de 2006), no ha habido respuesta, según las fuentes consultadas y la CHJ mantiene, pese a la existencia de una sentencia judicial del Tribunal Supremo, la gestión de estos ríos. La sentencia El interés del Gobierno por transferir los cauces intracomunitarios no es gratuito ni deriva de ningún afán descentralizador o respuesta a demandas de otras comunidades autónomas, que en algún caso gestionan desde hace años sus ríos.
Con fecha 20 de octubre de 2004, el Tribunal Supremo dictó la famosa sentencia sobre el Plan Hidrológico del Júcar y Régimen de Competencias en materia de Aguas entre el Estado y las Comunidades Autónomas derivada del recurso presentado por la Fundación para el Progreso de Albacete que impugnaba algunos artículos del Plan Hidrológico del Júcar.
La sentencia sirvió para que el Tribunal Supremo recordara la necesidad de que la planificación y la gestión de los ríos se acomodara a lo dispuesto por la Constitución, reservando para el Estado los ríos que discurren por dos o más comunidades autónomas y dejando para las autonomías «la competencia general sobre el régimen de utilización y aprovechamiento de las aguas que discurren íntegramente en sus respectivos territorios». Límites antiguos Desde que la citada sentencia, toda la normativa dictada por el Gobierno de España mantiene a efectos de planificación los límites de la antigua Confederación Hidrográfica del Júcar, tal como prefiere la Generalitat Valenciana, incluida la revisión del Plan Hidrológico del Júcar que se están realizando en la actualidad. No obstante, se trata de una situación transitoria y provisional mientras se cierre el traspaso competencial y que puede generar continuos recursos judiciales del lado de Castilla-La Mancha que podrían hacer ingobernable la Demarcación Hidrográfica del Júcar.
En una aplicación estricta de la sentencia, la Generalitat Valenciana debía asumir el sistema de explotación claramente intercomunitario que está formado por los ríos Serpis, Vaca, Gorgos, Girona, Amadorio, Guadalest, y en general todos cuando discurren por La Safor y las Marinas Alta y Baixa. Justo en los cauces donde la Generalitat ha denunciado un presunto «abandono» por parte de la Administración central a raíz de las últimas riadas.
Para el caso del Vinalopó y del Cenia se considera que son cuencas «mixtas» mientras que el resto son consideradas intercomunitarias.