La sección segunda de la Audiencia Provincial de Valencia ha revocado la sentencia dictada en enero por el juzgado de lo penal de Alzira y ha absuelto a Acciona Eólica de Levante, SL y a un responsable de la mercantil del delito contra la ordenación del territorio por el que ambos fueron condenados a demoler nueve aerogeneradores instalados en la sierra de Enguera, a raíz de la supuesta ocupación ilícita de la Cañada Real de Almansa. Después de examinar la abundante documentación del caso, que ocupa nueve extenso tomos, el tribunal concluye que no ha quedado acreditado que las torres eólicas invadan la vía pecuaria protegida, por lo que deja sin efecto la orden de desmantelarlas y exime de toda responsabilidad a los encausados.

La sentencia, que es firme y no admite apelación, desautoriza a la magistrada de Alzira y tilda de «inadmisible» el relato de hechos probados expuesto por el juzgado de lo penal hace diez meses. Aquel fallo condenó al apoderado de Acciona Eólica, encargado de la implantación de los tres parques eólicos de Enguera, a una pena de 6 meses de prisión e inhabilitación y a una multa de 2.160 euros por el incumplimiento de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) autorizada en 2007 por la Conselleria de Medio Ambiente, que dio luz verde al proyecto bajo la condición de que la promotora respetara una serie de vías pecuarias.

Además, tanto el acusado como Acciona Eólica, como responsable civil directa, fueron castigados a restaurar el trazado de la Cañada, un bien de dominio público inalienable, así como a desmantelar nueve aerogeneradores, una actuación cuyo coste se valoró en nueve millones de euros.

En su recurso de apelación, el director de desarrollo de las instalaciones limitó su cometido a la negociación y tramitación del proyecto, desligándose de las decisiones sobre cuestiones técnicas y sobre el emplazamiento de los molinos. Además, el responsable ahora absuelto, para quien la Fiscalía llegó a pedir dos años de cárcel, tachó de «desproporcionada» la pena impuesta por el juzgado y negó haber actuado en contra de los permisos ambientales.

La sección segunda de la Audiencia Provincial, presidida por el magistrado José María Tomás Tío, estima todos estos razonamientos y sostiene que la sentencia anulada obvió una serie de resoluciones de impacto ambiental complementarias, posteriores a la DIA, que aprobaron la ubicación definitiva de los aerogeneradores y que desembocaron en la concesión de la autorización definitiva de los parques eólicos. El tribunal sostiene que «nadie hasta el momento ha determinado que exista la supuesta invasión de la vía pecuaria» y cuestiona las periciales aportadas por el Ministerio Fiscal en su acusación, determinantes para que la magistrada Delia Morente concluyera, tras el juicio celebrado en enero, que las torres se construyeron vulnerando el margen de 20 metros de anchura que marca la normativa.

La defensa combatió esta acusación argumentando que los aparatos GPS utilizados para los informes carecían de la precisión necesaria para señalar la posición concreta de los molinos debido al «alto margen de error» respecto al espacio protegido. La Audiencia hace hincapié en que la Cañada no está deslindada, por lo que es muy difícil saber con certeza «los límites exactos de la vía pecuaria, máxime teniendo en cuenta que las vías de acceso a los aerogeneradores se ensancharon por las obras y luego se redujeron para reducir el impacto ambiental, siguiendo las órdenes de la administración competente», añade.

El proyecto siguió los permisos

El tribunal pone el foco en una serie de informes emitidos por la Conselleria de Medio Ambiente sobre el cumplimiento de los condicionantes de la DIA y subraya que la administración autonómica, responsable de controlar las obras, nunca requirió ni abrió expediente alguno para instar a la retirada de los aerogeneradores controvertidos o a la modificación de su emplazamiento por encontrarse en la vía pecuaria, aunque sí detectó infracciones graves por el ensanche de los caminos de acceso a los parques eólicos y la eliminación de 43.000 m2 de cubierta vegetal sin autorización. La sentencia concluye que el proyecto «ha seguido la tramitación establecida y cuenta con las autorizaciones necesarias», a tiempo que pone en valor un informe de la unidad de vías pecuarias que garantizaba el respeto a la Cañada Real.

El tribunal, por último, recalca que no le corresponde pronunciarse sobre la actuación de los funcionarios y autoridades que han participado en el procedimiento administrativo ni sobre la competencia o arbitrariedad de su actuación en la presente causa, que se inició a raíz de una denuncia del grupo municipal socialista de Enguera en 2009 a la Fiscalía de Medio Ambiente. El Ministerio Público pidió en el juicio la demolición de 16 torres eólicas basándose en diversos informes.