El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, ha instado al Ayuntamiento de Bocairent a devolver a un vecino de la localidad la cantidad que le fue embargada de la cuenta bancaria por no pagar el recibo de la recogida de basura girado en 2014 a una vivienda en la que no residía desde 2013. El afectado se quejó al organismo de control de que le habían incautado el subsidio de 426 euros para parados de larga duración, el único ingreso que percibe. El Síndic le da la razón y subraya que este subsidio es inembargable porque no alcanza ni supera el salario mínimo interprofesional, que fue de 654,3 euros en 2014, cuando se produjo el embargo. En la resolución de la queja, Cholbi invoca la constitución y la Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil para sugerir al Ayuntamiento que, proceda a retornar el importe embargado al recurrente.

La resolución da al consistorio un mes para responder, poniendo de manifiesto si acepta o no la recomendación y sus razones. El vecino también acudió a reclamar a la diputación, pero la institución provincial lo redirigió al ayuntamiento, el cual, según su queja, «ha hecho caso omiso» de su petición. Según el informe que el consistorio remitió al Síndic de Greuges, el vecino „que se mudó a vivir a Ontinyent„ figuraba como empadronado en la vivienda hasta junio de 2014. A juicio de la administración, el cobro del recibo es correcto porque no causó baja en el padrón de la tasa de recogida de la basura hasta enero de 2015, zanja el escrito.