25 de mayo de 2011. Dos individuos no identificados irrumpen a primera hora de la mañana en la sucursal de Bankia de Chella con el rostro cubierto, armados con pistolas y vestidos con monos de mecánico. Hay tres clientes dentro. Después de encañonar a los empleados, los atracadores se apoderan de 4.755 euros en efectivo. Aunque amenazan de muerte al director de la entidad y le piden que abra la caja fuerte, éste consigue disuadirles: la instalación cuenta con un sistema de retardo que demoraría el procedimiento durante al menos 20 minutos. Nerviosos, los asaltantes deciden huir, llevándose consigo a la empleada de la limpieza, a la que cogen del cuello e introducen en un Opel Astra sustraído en un polígono de Atzeneta d'Albaida. El trayecto dura poco: terminan soltando a la mujer, abandonando el coche en mitad de la calle y emprendiendo la fuga en dos vehículos.

Seis años más tarde de este episodio, la Audiencia Provincial ha absuelto por falta de pruebas a un hombre que, en enero de 2017, fue sentenciado por el juzgado de lo Penal nº 15 de València a 4 años y seis meses de prisión y a devolver a Bankia 4.755 euros como autor material del robo con intimidación. El recurrente apeló a la vulneración del precepto constitucional de la presunción de inocencia y el tribunal le ha dado la razón, revocando el fallo de primera instancia y dando carpetazo al procedimiento porque las evidencias que lo sustentaban presentaban «importantes fisuras».

Propietario del vehículo a la fuga

El Opel Vivaro en el que los asaltantes emprendieron su huida era propiedad del sospechoso. Esta circunstancia, junto a la compatibilidad de sus características físicas y sus rasgos fisiológicos con las imágenes captadas por la cámara de seguridad del banco condujeron a su detención. Aunque en el juicio se acogió a su derecho a no declarar, el ahora absuelto admitió ser el titular de la furgoneta, si bien alegó que la misma se encontraba en ese momento en venta y que la «probaban» diversas personas. Tan solo medio año después del atraco, formalizó su traspaso.

Durante la vista celebrada en enero, un policía declaró reconocer al acusado como el individuo al que vio subirse al Opel Vivaro desde una distancia de 50 metros el día del atraco. Sin embargo, en 2011 fue incapaz de describirlo ni de identificarlo en una rueda de reconocimiento. Una contradicción que ha pesado en la resolución judicial. Después de examinar minuciosamente las grabaciones de seguridad, la Guardia Civil concluyó que, pese a las semejanzas, no podía concluirse a ciencia cierta que el sospechoso aparecía en ellas. Tampoco las huellas ni los restos de ADN recabados permitieron cazar a los asaltantes.