Seis años y medio después de las protestas que intentaron paralizar las obras de la línea de alta tensión Ontinyent-Alcoi, el juzgado de lo penal nº15 de València ha absuelto a cuatro activistas de los delitos de daños y coacciones por los que fueron detenidos y encausados. La Fiscalía pedía para cada uno de ellos condenas de prisión de un año y 10 meses, así como multas de 10 euros diarios durante un periodo de 9 a 15 meses y el pago de indemnizaciones de 4.800 euros.

El juez, sin embargo, concluye que las pruebas presentadas por la acusación no acreditan los supuestos destrozos denunciados por la empresa subcontrata de Iberdrola que ejecutó el trazado, polémico porque se levantó en 2011 sobre un tramo de superficie forestal afectado por el incendio que solo un año atrás arrasó 2.500 hectáreas en la Vall d´Albaida.

La denuncia inicial y las diligencias de la Guardia Civil que dieron pie al procedimiento judicial únicamente señalaron unos daños registrados en los latiguillos de unos martillos hidráulicos y en unas herramientas mecánicas generados a raíz de las piedras que los manifestantes introdujeron en un agujero durante las acciones de protesta de los días 14 y 15 de julio de 2011, cuando fueron identificados los encausados. Para el juez Juan Luis de la Rúa, en cambio, los destrozos «no constan documentados de ninguna forma» y solo se sustentan en la declaración «genérica e inconcluyente» de un testigo de la empresa que no aportó si quiera la factura de la reparación de los desperfectos y que prestó declaraciones contradictorias en la denuncia y en el posterior juicio.

La sentencia arroja dudas incluso de que se produjeran los daños en los días citados y hace hincapié en las grandes dimensiones de la maquinaria atacada y en su elevada resistencia. En una posterior denuncia, se señalaron otros desperfectos producidos los días 16 y 18 de julio (la fractura de tensores de nivelación, el doblamiento de unos hierros corrugados, el corte de unas mangueras para la instalación del cable de conexión a tierra o el doblamiento de una planta de una torre) que, sin embargo, quedaron fuera del juicio al no poder relacionarse con los acusados.

Respecto a la acusación de coacciones, el juez no niega que los activistas impidieron de forma coercitiva a los trabajadores de las obras continuar con su trabajo, introduciéndose en la zona de actuación y arrojando piedras en los agujeros que estaban excavando. No obstante, no aprecia la gravedad suficiente (no hubo violencia ni intimidación) para que los hechos sean constitutivos de delito y los degrada al grado de falta, incidiendo en que las piedras «resultaban fácilmente extraíbles con la propia excavadora en cuestión de minutos». El objetivo de esta acción, apunta el magistrado, fue ralentizar la obra no de forma permanente, sino durante el tiempo en que durara la protesta. Lo mismo ocurrió cuando un vehículo particular obstaculizó el paso a uno de los camiones que trabajaba en las obras, el cual pudo reanudar la marcha unos minutos después.

Dilación excesiva del proceso

De la Rúa tiene en cuenta el largo periodo en que la causa judicial estuvo paralizada, desde julio de 2012, para acordar la prescripción de las faltas y declarar la libre absolución de los 4 manifestantes. Su abogada, Mª Josep Martínez, ya defendió la falta de consistencia de las pruebas, a tiempo que denunció la dilación del proceso y manifestó que los acusados fueron usados como «cabezas de turco» para «desactivar las protestas».