Iniciativa Cívica pel Centre Históric de Xàtiva ha vuelto a cuestionar, tal como hizo el año pasado, la celebración del que es ya el II Ciclo-Cross Ciutat de Xàtiva el próximo día 30. «El espacio en el que se desarrollará la prueba „criticaron ayer desde la asociación„ y en el que se están realizando trabajos de adecuación de un circuito de ciclo-cross tiene la consideración de Bien de Interés Cultural-Solar de la antigua ciudad de Xàtiva», con la categoría de zona arqueológica, con declaración singular de fecha 17 de febrero de 1992 y anotación ministerial» correspondiente.

La reacción del equipo de gobierno de Xàtiva, por su parte, no se hizo esperar. «En el plano de los distintos circuitos de la carrera se puede apreciar que esta prueba no pasa por la zona declarada microrreserva de flora», aseguraron ayer al tiempo que facilitaron a los medios dicho documento. Además, remitieron el informe del arqueólogo municipal donde se indican las medidas de protección a adoptar «con la siguiente indicación textual: siempre que se adopten las medidas a las que hace mención este informe no hay, por razones de protección del patrimonio arqueológico, inconveniente para que se celebre la prueba de ciclocross solicitada», según la nota municipal de ayer.

Sin embargo, desde Iniciativa insisten en que la vigente Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano establece en su artículo 35 el régimen de autorizaciones en inmuebles y ámbitos patrimonialmente protegidos que «toda intervención que afecte a un monumento, jardín histórico o a un espacio etnológico deberá ser autorizada por la conselleria competente en materia de cultura, previamente a la concesión de la licencia municipal, cuando fuere preceptiva, o al dictado del acto administrativo correspondiente para su puesta en práctica. Las intervenciones en sitios históricos, zonas arqueológicas y paleontológicas y parques culturales se regirán por lo dispuesto en la normativa contenida en la declaración, y en los instrumentos de ordenación que la desarrollen».

Y también señalan que la resolución de 24 de octubre de 2017, del conseller de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se delega en favor de la Comisión Mixta del Patrimonio Histórico-Artístico de Xàtiva, el ejercicio de determinadas competencias contenidas en la letra b del artículo 35 de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del patrimonio cultural valenciano establece en su punto segundo que quedan excluidas de la presente delegación las siguientes autorizaciones: «las intervenciones que incidan sobre inmuebles declarados singularmente como bienes de interés cultural, así como la que afecten a inmuebles y espacios públicos que se encuentren en contacto directo con estos; las que afecten al subsuelo. Y las de carácter arqueológico, en todo caso requerirán de la autorización de la dirección general competente en materia de patrimonio cultural», citaban ayer.

Así las cosas, «no consta en la información publicada por parte de los organizadores del ciclo-cross que se haya solicitado, a tenor de la normativa vigente, la preceptiva autorización de las consellerias competentes para realizar una prueba de tan importante afección, por los trabajos de adecuación y la masiva participación prevista, para este valioso espacio cultural y natural protegido de Xàtiva».