Un café de Burjassot gana a la SGAE porque la música que ponía era libre

El juez considera que las obras que sonaban en el "Angelus" no pertencen a ningún autor registrado

 
Carlos García, responsable de la música en el local.
Carlos García, responsable de la música en el local.  m. ángel montesinos

BEGOÑA JORQUES VALENCIA El titular del juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia ha dado la razón, por primera vez en la Comunitat Valenciana, a una cafetería de Burjassot frente a la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) al considerar que la música que ponía no era de su repertorio, sino obras copyleft, composiciones desconocidas que se descargan en internet y cuyos autores no están bajo su gestión. Según recoge la sentencia, la SGAE denunció al pub Angelus, en Burjassot, al que le reclamaba 2.197,57 euros por usar en el establecimiento obras musicales y/o audiovisuales gestionadas por la entidad.
Según explicó ayer a Levante-EMV Miguel Ángel Alvarado, propietario del local, los hechos se remontan a junio de 2008 cuando una inspector de la SGAE se personó en el establecimiento "para anotar lo que teníamos: equipos de música, televisión,... Me dio una copia de lo que escribió y no lo he vuelto a ver más", aseguró Alvarado. "Posteriormente me llegó una denuncia que decía que les debía 120 euros por cada día desde aquel momento hasta hace dos meses". Alvarado no consideró "justa" la denuncia por lo que rehusó pagar dicha cantidad.
Por su parte, su abogado , Antonio Toledo, explicó a este medio que la "SGAE acudió al juicio sin ningún tipo de prueba que avalaran su postura, sólo con nueve sentencias del Tribunal Superior y la Audiencia provincial como diciendo que siempre tienen la razón, pero se encontraron con que íbamos a pelear". "A lo largo del juicio, demostramos que ninguna de las canciones que sonaba en el local pertenecía a ningún autor registrado en la SGAE y por tanto estaba fuera de su gestión. Ellos se limitaron a decir que sonaba "alguna canción del verano", pero no aportaron ninguna prueba, por eso hemos ganado".
De hecho, según dicta la sentencia, en el pub de Alvarado sonaba música compuesta por uno de los trabajadores del local, carlos García, así como otros temas bajados de Internet, que se pasan a CD's, de autores no vinculados a la SGAE. Es decir, lo que se llama "música libre", obtenida de un canal de distribución de la Red y la existencia de licencias libres.
Ante estos argumentos, el juez se remite a la jurisprudencia, que contempla que en los últimos tiempos está alcanzando en España cierto auge de un movimiento denominado "música libre", muy relacionado con la expansión de internet como medio de distribución musical. Este modelo, según recoge el magistrado, ha originado la coexistencia de diferentes modelos de difusión de contenidos. Una, basada en la protección de la copia copyright; y otro que permite el acceso libre on line a los contenidos, permitiéndose su difusión libre y su explotación económica, con la única condición de citar a la fuente.
Además, de no recibir los 2.200 euros que le reclaman al local, la SGAE habrá de pagar unos 500 euros por las costas del juicio, así como otros 50 si quieren recurrir la sentencia, algo que desde la entidad gestora de derechos de autor ni confirman ni desmienten y prefieren permanecer en silencio al respecto.
Alvarado dijo estar "feliz" con la sentencia y criticó la actitud de la SGAE, de la que cree que va "avasallando".

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