La jueza del caso IVAM, que investiga a la exdirectora del Institut Valencià d'Art Modern, Consuelo Císcar, por irregularidades en la gestiónirregularidades en la gestión del museo, ha requerido al director general de Bellas Artes para que designe a tres expertos que habrán de elaborar el informe requerido por el Juzgado hace cinco meses relativo a 13 piezas sobre las que hay sospechas de que fueron adquiridas a un precio «muy superior al real».

Así lo anunció ayer el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV). La magistrada, de conformidad con el criterio del fiscal y de la Abogacía de la Generalitat, otorga tres días al director de Bellas Artes para que cumpla el mandato judicial con el apercibimiento de que, de no hacerlo, «incurrirá en un delito de desobediencia» a la autoridad judicial.

En su auto, mantiene que la Constitución, la Ley Orgánica del Poder Judicial y la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que obligan a colaborar con la Justicia, prevalecen sobre la normativa propia en la que se ampara la Junta de Calificación, Valoración y Exportación de Bienes del Patrimonio Histórico, dependiente del Ministerio de Cultura, para no hacer el citado informe por entender que está fuera de su competencia. Según la resolución, Bellas Artes tendrá que designar a tres personas tituladas expertas en valoración de obras de arte, dependientes de la Junta de Valoración. Posteriormente, el Juzgado, por sorteo, elegirá a dos de ellas, que serán designadas peritos judiciales y habrán de realizar el informe requerido el pasado mes de noviembre.

Retrasos en la instrucción

El Juzgado de Instrucción 21 investiga a Císcar, a cuatro exsubdirectores del IVAM y a un empresario, por delitos de malversación, prevaricación y falsedad. El avance de la causa por los supuestos sobrecostes en la adquisición de obras de arte y en la edición de publicaciones pende de dicho informe. La falta de esa pericial dilata la instrucción, que tiene un plazo máximo de 18 meses, e impide tomar declaración a la exdirectora del museo y a los otros cinco imputados. La Jueza solicitó el informe en noviembre; lo volvió a reclamar, con carácter urgente, en enero y en marzo, pero ninguna de sus peticiones fue atendida.

El Ministerio respondió a finales de abril, después de que el Consejo General del Poder Judicial le urgiera a remover los obstáculos que impiden el cumplimiento del mandato de la instructora y después de que ésta citara al secretario de la Junta de Valoración para que compareciera en el juzgado y explicara «los motivos que impiden la presentación del informe» que le fue requerido cinco meses atrás. La declaración del secretario, prevista para el 29 de abril, quedó suspendida porque la tarde antes el Ministerio envió al Juzgado por fax una comunicación en la que afirma que la Junta de Valoración carece de competencias para tasar las 13 obras de arte sobre las que concurren sospechas de que existe un elevado sobrecoste en la adquisición de las mismas.

La jueza rechaza los argumentos dados por Bellas Artes y considera que las colecciones del IVAM forman parte del Patrimonio Histórico Español; que la Junta de Valoración, según su propia normativa, sí tiene competencias para realizar el informe requerido. Por ello, insiste en que «el órgano público designado para efectuar un informe por un órgano judicial no puede excusarse de su complimiento alegando que queda al margen de sus competencias administrativas». Sus competencias, aclara, son las que le otorga el juez instructor para realizar la pericia encomendada en base a los conocimientos que le son propios.