El Tribunal Supremo le ha dado la razón al Valencia CF en el conflicto que mantenía con Hacienda por el pago del IVA de las quinielas. El club recuperará 1.229.136 euros por el IVA de los ejercicios 1996 y 1997, y Hacienda ya no podrá reclamarle a la entidad el resto de ejercicios fiscales tras haber sentado jurisprudencia el Supremo. Los magistrados consideran que las cantidades recibidas por el Valencia CF procedentes de la participación en la recaudación de las quinielas no son prestaciones de servicios por la cesión del nombre del club sino subvenciones no sujetas al impuesto sobre el valor añadido.

La sala de lo Contencioso Administrativo le ha dado la razón al club valencianista en el recurso que interpuso contra la resolución dictada el 16 de marzo de 2005 por el Tribunal Económico Administrativo Central que le obligaba a hacer frente al IVA. El Tribunal Económico ratificó la decisión de Hacienda de cobrar al Valencia 1.229.136 euros por dos años fiscales.

Hacienda insistía en que la cesión a la Organización Nacional de Loterías y Apuestas del Estado -Onlae- del derecho a utilizar el nombre de los clubes en las quinielas era una prestación de servicio y por tanto una operación sujeta a IVA. Sin embargo, los abogados del club han sostenido con éxito que la propia Onlae había rechazado emitir facturas con IVA.

La Audiencia Nacional ya dio la razón al Valencia CF en 2009, pero la Agencia Tributaria recurrió la decisión ante la sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo. El club advirtió de que la percepción del dinero de las quinielas no está avalada por ningún contrato sino que es una subvención. Además, reiteró ante el Supremo que "no existe una relación directa entre la cantidad que recibe cada uno de los clubes y la hipotética cesión de su nombre".

El Tribunal Supremo cierra el fallo apuntando que el dinero que ingresan los clubes de fútbol son subvenciones no sujetas al impuesto sobre el valor añadido.

Hacienda también alegó que el Valencia no estaba legitimado para reclamar la devolución de los 1.229.136 euros que ya le había cobrado. Por contra, el Alto Tribunal entiende que el club valencianista sí que tiene derecho a percibir la cantidad. Además, los magistrados han condenado a la Agencia Tributaria a pagar los honorarios de los abogados del Valencia con un límite de seis mil euros.