Anexo 1. «Liberación de jugadores para equipos representativos de la asociación». Principios. 1 .7: «Los jugadores que acudan a una convocatoria de su asociación de acuerdo con el presente artículo reasumirán sus deberes con sus clubes a más tardar 24 horas después de la celebración del partido para el que fueron convocados. Este plazo se ampliará a 48 horas si el partido en cuestión se disputa en una confederación distinta a aquella en la que el club del jugador está inscrito. Se notificará por escrito a los clubes la fecha del viaje de ida y vuelta del jugador diez días antes del partido. Las asociaciones se asegurarán de que los jugadores regresen a sus clubes a tiempo después del partido».