Conflicto

La futura ley de comercio podría elevar las aperturas en festivo a doce

La Conferencia Sectorial discrepa sobre la reducción de 90 a 72 horas en el horario semanal

 

JORDI CUENCA VALENCIA La futura ley de comercio de la Comunitat Valenciana podría elevar hasta doce el número de festivos en que podrán abrir sus puertas estos establecimientos, según se desprende de las conclusiones de la Conferencia Sectorial de Comercio, un cónclave organizado por la Conselleria de Industria a principios del pasado mes de julio con el objetivo de que los principales agentes sociales y empresariales del sector emitieran sus opiniones sobre la nueva legislación autonómica. Las mencionadas conclusiones no tienen por qué ser vinculantes, pero sin duda tendrán una incidencia clara en la legislación, especialmente en aquellos casos, como el citado, en el que el debate no ha generado "opiniones contrarias", algo que sí ha sucedido en otras cuestiones.
El documento asegura que "se constata una aceptación mayoritaria del régimen actual" y se "apuesta por mantener el acuerdo de legislatura consistente en 8+1", es decir, un máximo de ocho días de apertura en festivo si bien el Observatorio del Comercio podía añadir una novena jornada, algo que ha sido habitual. No obstante, afirma que "se ha debatido sobre su modificación en dos sentidos: Establecer mecanismos de incremento paulatino del número de festivos hasta llegar a los doce, previstos por la Ley estatal, y nunca por debajo de diez"; e "introducir grados de flexibilidad, distinguiendo entre sectores y/o formatos comerciales, e incluyendo la posibilidad de fijar una parte de festivos fija y otra variable".
Donde el documento admite que hay "opiniones contrarias" es en el debate sobre la "posible reducción de 90 a 72 horas" en el horario semanal máximo en los días laborables. Tampoco ha habido acuerdo entre comerciantes y consumidores en la conveniencia planteada en la conferencia de introducir nuevas categorías en los establecimientos con libertad de horarios y que beneficiarían a locales ubicados en campings o en hoteles así como en comercios situados en el área de influencia de mercadillos municipales.
Por contra, hay consenso entre las partes "en la necesidad de atender las necesidades de los comercios ubicados en municipios con gran afluencia turística los fines de semana, "estableciendo un régimen para zonas de segunda residencia". A este respecto, el documento asegura que se ha tratado "la conveniencia de aplicar la categoría a todos los municipios receptores de visitantes en los fines de semana y ampliarla a todos los domingos y festivos del año".
Asimismo, "se ha debatido sobre las solicitudes con causa en la afluencia de visitantes y/o segundos residentes los fines de semana fijando una categoría de horarios excepcionales que incluya la compensación, en el resto de días de la semana, de las horas de apertura en festivos, previo acuerdo con los trabajadores".
Otras de las cuestiones abordadas en la conferencia afectó a las tiendas de conveniencia. En este caso, se trató sobre una posible precisión en su definición, "incluyendo porcentajes máximos de un 25%, medidos en superficie, para cada una de las gamas de productos que se ofertan en estos establecimientos, con el objetivo de evitar el predominio de los artículos de alimentación".
Por último, los agentes del sector debatieron sobre las consecuencias de la reducción, en la actual legislación, de 300 a 150 metros cuadrados de la superficie que un comercio ha de tener para disfrutar de libertad total de horarios. Al respecto, hubo coincidencia en plantear algunas medidas correctoras, entre las cuales podría incluirse la fijación "de diferencias por sectores (muebles, electrodomésticos y automóviles) o formatos".

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