OTR PRESS MADRID
El juzgado de primera instancia número 60 de Madrid emitió ayer un auto de suspensión cautelar del proceso electoral en Caja Madrid, tras la petición presentada por el Ayuntamiento de Madrid y su impugnación del reparto realizado por la comisión electoral de la entidad respecto de los 64 consejeros cedidos por la Casa Real. Contra este auto no cabe recurso, pero la caja de ahorros, parte demandada, podrá formular oposición a la medida en el plazo de 20 días contados desde la notificación.
El auto de la juez Inmaculada Vacas establece "la suspensión del acuerdo adoptado por la comisión de control en funciones de comisión electoral de Caja Madrid en cuanto omite del porcentaje de designación de consejeros generales que corresponden al Ayuntamiento de Madrid en el proceso electoral, los designados por la entidad fundadora Patronato Real el 19 de noviembre de 2008". A su juicio, se evidencia "un peligro de mora procesal de no adoptarse la suspensión del acuerdo, pues finalizaría el proceso electoral en perjuicio del Ayuntamiento de Madrid con un número de consejeros por él designados inferior al que le correspondería". La Juez ha tenido en cuenta la prueba documental aportada por el Ayuntamiento en la que consta que le acuerdo otorga al mismo la designación de 36 consejeros, lo cual "no se corresponde con el número que le correspondería en aplicación del artículo 31. 2 de la Ley de Cajas y el 13. 2 de los Estatutos de la entidad, en su redacción vigente en los meses de octubre y diciembre de 2008", en los que"se inició y concluyó el proceso electoral correspondiente a la entidad fundadora".
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