Juicio

Los 8 condenados de Transcont decidieron impedir que otros camioneros cargaran en el puerto

La sentencia dictada por la Audiencia Provincial considera probado que se pusieron de acuerdo para controlar el acceso al recinto portuario

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Los 8 condenados de Transcont decidieron impedir que otros camioneros cargaran en el puerto  ferran montenegro

REGINA LAGUNA VALENCIA La sentencia es clara. El tribunal de la sección primera de la Audiencia Provincial de Valencia no ha podido condenar más que a lo que pedían las acusaciones, tras retirar el delito de asociación ilícita. No obstante, en el apartado de hechos probados, la ponente, María José Juliá, es contundente al afirmar que los ocho acusados "decidieron impedir que empresarios y transportistas ajenos a la asociación Transcont, de la que formaban parte, pudieran trabajar libremente en el interior del puerto de Valencia".
La autoridad portuaria no dijo nada en su día ni tampoco se ha manifestado hasta ahora sobre aquellas coacciones que han quedado probadas y por las que se ha condenado a una pena de multa a David O. S., Juan Carlos C. R., Carlos Ignacio B. R., Francisco Javier S. C., Manuel G. M., Manuel G. S., Alejandro P. C. y Daniel M. B. Además, algunos de ellos también han sido condenados por lesiones.
La sentencia describe el origen de las coacciones, "como consecuencia de los problemas surgidos entre transportistas en relación a las actividades de carga y descarga de contenedores en el interior del puerto de Valencia". Así, el tribunal explica que, sobre el mes de septiembre de 2004, "se produjeron varios incidentes que fueron investigados por la Brigada Provincial de Información".
Los incidentes a que se refiere son las coacciones que sufrieron camioneros ajenos a Transcont para que no trabajaran en el puerto, en un clima de tensión en el que resultaron quemados decenas de camiones. Las coacciones aludían precisamente a unas acciones cuya autoría no pudo ser probada en este procedimiento y, por lo tanto, no se acusaba del delito de incendio o de daños.
Así, los ocho acusados de Transcont que fueron juzgados hace dos semanas en Valencia -la acusación contra el presidente se retiró en el juicio porque sólo se le acusaba de asociación ilícita- "decidieron impedir" que los transportistas ajenos a esta asociación pudieran "trabajar libremente" en el puerto.
La sentencia recoge lo que los acusados reconocieron ante el tribunal haber realizado en el puerto de Valencia. Por ejemplo, en agosto de 2004, antes las dificultades de trabajar en el puerto, un camionero fue a las oficinas de Transcont y un miembro de la directiva le dijo que "tendría que pagar 3.000 euros, más otros 300". El camionero decidió no inscribirse y otro de los directivos le dijo que, "sin número, no podría trabajar en el puerto y, sin éste, no se movía ni un contenedor en el puerto. Y que quien lo hiciese, que se atuviese a las consecuencias".
Ese mismo verano, otro conductor fue aborda en varias ocasiones por dos directivos de la asociación "que utilizaban un vehículo 4x4 (sic) con el anagrama de Transcont. En unos casos, se limitaban a tomar nota de las matrículas de los vehículos, pero en alguna ocasión fue amenazado directamente diciéndole: ýSi duermes en el camión, corres el peligro de salir ardiendoý".
Las coacciones se sucedieron hasta que, en marzo de 2005, varios directivos de Transcont irrumpieron en una asamblea de la asociación ATPE agrediendo a los reunidos, que resultaron lesionados.

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