EFE MADRID
La Administración Tributaria conocerá cualquier disposición, pago o cobro superior a 3.000 euros que se haga con dinero en metálico a través de entidades bancarias o de crédito con el fin de mejorar la lucha contra el fraude fiscal. Además, las entidades bancarias o de crédito y otras instituciones que presten servicios de gestión de cobros con tarjetas de crédito o débito tendrán que informar a Hacienda de los pagos superiores a 3.000 euros al año que reciban empresarios y profesionales a través de dichas tarjetas.
Así lo establece el Real Decreto aprobado ayer por el Consejo de Ministros con el que se modifican determinadas obligaciones tributarias y de información para "aumentar la eficacia de la lucha contra el fraude fiscal". Establece que se hará un seguimiento "más ágil y eficaz" de las disposiciones, pagos y cobros que se efectúen en metálico a través de entidades bancarias o de crédito cuando éstos superen esa cuantía de 3.000 euros.
Obligación para los notarios
Además, a partir de ahora, en todas las operaciones referidas a bienes inmuebles, los notarios identificarán "claramente" las formas de pago empleadas: dinero en metálico, transferencia, domiciliación, cheques u otros instrumentos de giro, tras la modificación del Reglamento de la Organización y Régimen del Notariado. En el caso de las operaciones con tarjetas superiores a 3.000 euros que ahora tendrán que comunicar las entidades, la Agencia Tributaria ya podía acceder a esta información si lo requería, pero con el nuevo Real Decreto se sistematiza esta transferencia de datos una vez al año.
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