J. L. Z. VALENCIA
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El presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, anunció ayer en el Senado la prórroga durante seis meses de las ayudas destinadas a los parados que ya no perciben ninguna prestación y cumplen determinados requisitos. El Ejecutivo central anuncia que asumirá un nuevo gasto de unos 511 millones de euros para prorrogar por un periodo de seis meses la prestación extraordinaria de 426 euros (hasta ahora ahora se situaba de 420 euros), para aquellas personas que hayan acabado la prestación por desempleo. De esta prestación, que se puso en marcha el pasado mes de junio y finaliza el próximo lunes, se han beneficiado hasta ahora 214.707 personas en España, según los datos del Ministerio de Trabajo a fecha de 31 de diciembre de 2009, según informaron ayer fuentes de la administración central a Levante-EMV. Los trabajadores en paro que han recibido el citado subsidio no recibirán una nueva ayuda, sino que la medida afecta a 200.000 parados nuevos que hayan agotado a partir de ahora la prestación, de los que unos 21.000 serán de la Comunitat Valenciana (11.500 de Valencia, 2.500 de Castelló y 8.000, de Valencia), una cifra que coincide con los beneficiados en la autonomía a cierre del ejercicio de 2009.
La Comunitat Valenciana es una de las más castigadas por el alza del desempleo durante los dos últimos años, lo que ha situado la tasa del paro en el 22,5% y la cifra global en medio millón de personas tras crecer en 194.000 personas a lo largo del último ejercicio. La Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) confió ayer en que la prórroga de otros seis meses de los 426 euros se extienda a los autónomos hasta que este colectivo comience a cobrar el paro, medidas que los agentes sociales y el Ministerio de Trabajo ultiman. "Se trataría de una ayuda puntual hasta que entre en vigor la prestación contributiva por cese involuntario de la actividad para los autónomos, prevista para, como mínimo, junio de 2011", indicó el presidente de ATA, Lorenzo Amor.
¿Qué requisitos?
Para ser beneficiario del denominado Programa temporal de protección por desempleo e inserción (Prodi) es imprescindible presentar la solicitud dentro de los sesenta días hábiles siguientes al de la publicación de la Ley en el BOE , ser desempleado menor de 65 años, estar inscrito como demandante de empleo en el momento de la solicitud y durante su percepción, así como suscribir el compromiso de actividad.
También es necesario haber extinguido por agotamiento la prestación por desempleo o el subsidio de la desocupación, incluidas las prórrogas realizadas a lo largo del año pasado. Igualmente los solicitantes deben carecer de rentas propias, de cualquier naturaleza, superiores al 75% del salario mínimo interprofesional (una cifra que supone quedarse en 468 euros). En el supuesto de tener cónyuge, hijos menores de 26 años, mayores con discapacidad o menores acogidos, se sumarán las rentas de toda la unidad familiar, no debiendo superar el 75% del salario mínimo interprofesional. Si carece de cónyuge, o hijos, pero convive con sus padres, la unidad familiar estará integrada por el solicitante y sus padres, con los citados requisitos de carencia de rentas.