1.- FONDO DE CAPITALIZACIÓN

El Gobierno quiere crear un fondo de capitalización que permitirá pagar parte de las indemnizaciones del despido por cada trabajador. El fondo se nutrirá con aportaciones empresariales, seguirá al empleado en su vida laboral y se hará efectivo en el despido. La parte que no se emplee, se abonará en la jubilación. Hasta la constitución del fondo, las extinciones de los contratos de fomento del empleo, con una indemnización de 33 días por año trabajado, se dividirá entre la empresa y el Fogasa. La empresa abonará 22 días y el Fogasa, los ocho restantes

2.- CAUSAS DE DESPIDO

Las empresas que presenten pérdidas durante seis meses consecutivos podrán realizar despidos individuales o colectivos de manera procedente, con 20 días de indemnización para todo tipo de contratos.

3.- DESCUELGUE SALARIAL

Las empresas podrán dejar de aplicar las condiciones salariales de los convenios colectivos sectoriales cuando su estabilidad económica pudiera verse dañada como consecuencia de su aplicación. Para ponerla en marcha sería necesario el acuerdo entre empresario y representantes de los trabajadores.

4.- FLEXIBILIDAD LABORAL

Se contempla la implantación del denominado modelo alemán, que permite reducir la jornada laboral entre el 10% y el 70% y la suspensión temporal de contratos por causas económicas, técnicas u organizativas, previa autorización del Gobierno y nunca podrá tener una duración superior a un año.

5.- FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA

Se prevé la extensión del actual contrato de fomento para la contratación indefinida a todos los trabajadores que lleven más de tres meses en paro, los que estuvieran empleados en la misma empresa con un contrato temporal.

6.- BONIFICACIONES EN LA CONTRATACIÓN FIJA

El Gobierno aumentará las bonificaciones a las empresas hasta 1.400 euros durante tres años si se contrata de forma indefinida a mujeres, mayores de 45 años o colectivos con dificultades de «empleabilidad». Para las empresas que transformen contratos formativos, de relevo o de sustitución por anticipación de edad de jubilación en indefinidos, tendrán una bonificación en la cuota de 500 euros durante tres años y si son mujeres, 700. Para los contratos en formación, hasta 31 diciembre de 2011, la bonificación será del 100% de las cuotas de la SS, sólo si suponen aumentar la plantilla.

7.- INDEMNIZACIONES POR DESPIDOS

Las indemnizaciones de los contratos temporales se amplían de los 8 días por año a 12 de forma progresiva. De 10 días para los que se firmen a lo largo de 2012 y 2013. De 12 días para los que se celebren a partir del 1 de enero de 2014. Los despidos procedentes o justificados tendrán una indemnización de 20 días por año trabajado para todo tipo de contratos. Los cambios no afectarán a los contratos indefinidos actuales, que mantienen sus indemnizaciones de hasta 45 días.

8.- EMPRESAS DE TRABAJO TEMPORAL

Se liberalizan los servicios de empleo dando entrada a las Empresas de Trabajo Temporal en todos los sectores para orientar, asesorar y colocar a los desempleados. las ETT deberán garantizar que sus usuarios entran en igualdad de condiciones en las empresas.

Vea el texto completo de la propuesta del Gobierno