­Cuando los exdirectivos de la CAM forzaron los criterios contables para permitir el pago de las aportaciones a los planes de pensiones de los trabajadores o hincharon las cuentas para que pudieran abonarse las pagas de beneficios o los bonos no estaban pensando, precisamente, en el bien de la plantilla.

Los propios miembros del comité de dirección de la entidad percibieron al menos 1,7 millones en incentivos que no les correspondían gracias a estas supuestas irregularidades, según las cifras aportadas en el informe elaborado por la consultora PricewaterhouseCoopers (PwC) a petición del Frob y que ahora está en manos del juez de la Audiencia Nacional, Javier Gómez Bermúdez, que instruye la causa penal por la quiebra de la entidad.

En concreto, según la auditora, los ejecutivos se repartieron indebidamente 83.131 euros por las pagas de beneficios de 2009 y 2010; otros 228.591 euros correspondientes al tramo variable del plan de pensiones de esos mismos años y 1.344.861 euros por el plan de incentivos a largo plazo que se ingresó sin que se hubieran cumplido todos los requisitos necesarios. Además, también participaron en los 2,2 millones de más que se pagaron por el bono anual de 2o10, aunque en este caso el informe no desglosa la cantidad que les correspondió.

Como es lógico, al tratarse de incentivos en base al salario, fue el exdirector general de la CAM, Roberto López Abad, el más beneficiado: recibió 256.199 euros por todos los conceptos citados antes de prejubilarse en junio de 2011 llevándose 3,8 millones de indemnización.

Su número dos y sucesora en el cargo, María Dolores Amorós, se embolsó unos notables 165.234 euros con los incentivos indebidos; mientras que el exdirector de Recursos, Vicente Soriano, y el de Control, Teófilo Sogorb -que junto a los anteriores y el expresidente de la caja, Modesto Crespo, son los imputados por el juez Gómez Bermúdez-, cobraron 128.661 y 119.069 euros, respectivamente. El resto de exdirectivos -la mayoría prejubilados o despedidos por el Frob a excepción del exsecretario general, José Pina, y del exdirector territorial de Valencia, Bernardo Chulià-, se mueven en cifras parecidas.

La documentación aportada en el informe deja claro que los ejecutivos eran conscientes de que estaban bordeando la normativa y utilizaban la ambigüedad de algunos términos en beneficio propio. Por ejemplo, para calcular si los empleados tenían derecho a las pagas extra y a la aportación variable de los planes de pensiones se medía la evolución de los «saldos de imponentes y las reservas», según consta en el convenio del sector y en la propia reglamentación interna. El problema es que estos documentos no fijan qué debe tener tal consideración -depósitos de clientes, la liquidez en los mercados, etc- por lo que puede manipularse a conveniencia para que el resultado sea el deseado en cada ocasión.

Así se lo explica en un correo el responsable de la unidad de control de Gestión, Pedro Gadea, a su jefe Teófilo Sogorb: «El concepto de saldos imponentes no viene definido como tal en la normativa, por lo que se pueden generar varias alternativas». Lógicamente escogieron la que más les convenía. En otras ocasiones la falta de claridad de los documentos era buscada.