La Dirección General de los Registros y del Notariado -organismo dependiente del Ministerio de Justicia- ha dado un duro varapalo al Registro Mercantil de Valencia al estimar plenamente el recurso presentado por un despacho de abogados de la capital del Túria ante la imposibilidad de inscribir sociedades dedicadas a la "promoción, creación y participación en empresas", un soporte clave para apoyar a los innovadores y emprendedores del ámbito de las nuevas tecnologías.

En medio del auge de nuevos negocios y al hilo de la recién aprobada Ley de Emprendedores, el bufete Abogado Amigo considera que las trabas burocráticas del Registro Mercantil de Valencia "implicaba excluir del panorama económico la creación de empresas cuya finalidad fuera el fomento de los emprendedores y la participación en otras sociedades", aseguró ayer en declaraciones a Levante-EMV el socio fundador y director del Bufete Abogado Amigo, Jesús P. López Pelaz.

La resolución de la dirección general de los Registros y del Notariado, de 11 de noviembre de 2013, estima el recurso presentado y revoca la nota de calificación del registrador de Valencia. En ese sentido, el dictamen del organismo dependiente del Ministerio de Justicia deja claro que el objeto social de "promoción, creación y participación en empresas y sociedades" "no desvirtúan el contenido del resto de actividades que constituyen el objeto social". Además, deja claro que tampoco existe una "indeterminación" del objeto social que deba ser excluida de los libros.

Freno para los innovadores

A diferencia de otras capitales de provincia con mayor actividad y menores impedimentos, como Madrid o Barcelona, la decisión del Registro Mercantil de Valencia de impedir la creación de sociedades con el citado objeto social, según denunciaba el bufete Abogado Amigo, suponía un "golpe al emprendedor" porque frenaba la posibilidad de que se pongan en marcha iniciativas para apoyar a otras empresas, mediante la toma de una participación en su capital social y que habitualmente ocurre con la mayor parte de los proyectos de emprendedores, sobre todo entidades de base tecnológica carentes de financiación y de recursos ajenos"; es decir, las conocidas firmas en el sector como start up, por su denominación en inglés.

El Registro Mercantil entiende que "si una empresa promociona, crea y participa en otras podrá desarrollar cualquier objeto social de forma indirecta", por lo que no considera necesario la puesta en marcha de este tipo de entidades. El punto 4º de la citada resolución de la dirección general los Registros y del Notariado también puntualiza que el objeto social de promocionar, crear y participar en otras empresas "constituye una determinación suficiente sin que sea preciso especificar las actividades concretar que a su vez dichas empresas deban realizar".

Según fuentes jurídicas, estas trabas burocráticas, entre otras causas, ha provocado la fuga de empresas impulsadas por emprendedores a Madrid o Barcelona durante los últimos años, donde "es más fácil constituir sociedades".

Desde el año 2010 hasta la actualidad, según un informe presentado este verano por la consejería de Economía de la comunidad autónoma de Madrid, un total de 1.060 empresas catalanas han cambiado su domicilio social a la capital española, cifra que se eleva a casi 800 en el caso de empresas radicadas hasta ahora en la Comunitat Valenciana.

Una de las razones que explica las mudanzas de las mercantiles a Madrid es su capitalidad, un motivo que ha tenido siempre atractivo desde el punto de vista fiscal, así como de representación o de promoción de las sociedades implantadas en este territorio.