El Gobierno aprobó ayer un decreto que regula el régimen de actividad de las Empresas de Trabajo Temporal (ETT), establece la creación de una base de datos central de todas las ETT autorizadas de España y dispone que todos los trámites deben hacerse obligatoriamente por medios electrónicos. La norma decreta que la base sea gestionada por la Dirección General de Empleo del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, quien desarrollará una aplicación informática para darle cobertura. Además, se implanta la administración electrónica en todo el procedimiento administrativo en materia de Empresas de Trabajo Temporal.

Según una nota de prensa del Ministerio de Empleo, a esta base de datos deberá incorporarse parte de la información existente en los registros de Empresas de Trabajo Temporal. En concreto, se incorporarán los datos referentes a la identidad de la empresa, la autorización para el desarrollo de su actividad (incluidos supuestos de suspensión o cese de actividades), domicilio social de la firma y de los centros de trabajo y cambios si los hubiere. Además, se anexionarán al registro la relación de los contratos de puesta a disposición celebrados entre las ETT y empresas usuarias.

Todos los datos serán de acceso público salvo las relaciones de contratos de puesta a disposición, que sólo serán accesibles para las autoridades laborales. El real decreto, que moderniza la regulación del régimen de autorización y actividad de las ETT, ha sido consultado a las autonomías.