Todos los parados que se den de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) podrán seguir cobrando la prestación de desempleo durante un periodo máximo de 270 días. A esta compatibilidad solo tenían acceso los menores de 30 años, pero con la entrada en vigor „dentro de 29 días, de la nueva Ley de Fomento del Trabajo Autónomo y de la Economía Social„ se extiende a toda la población, con excepción de los que hayan obtenido el pago único de la prestación por desempleo en los 24 meses anteriores.

La nueva ley, que ha sido acogida con los brazos abiertos por los colectivos y asociaciones de trabajadores autónomos, amplía también la «tarifa plana». Fija la cuantía de la cuota por contingencias comunes en 50 euros exactos durante seis meses; amplía el incentivo a los que inicien una actividad por cuenta propia y con posterioridad contraten a trabajadores por cuenta ajena, y extiende los supuestos de la «tarifa plana» especialmente protegida a las víctimas del terrorismo y de la violencia de género.

Otra de las novedades es que se amplía, con independencia de la edad del solicitante, la posibilidad de capitalizar hasta el cien por cien de la prestación por desempleo para facilitar la inversión y los gastos iniciales de la apertura de un negocio. Además se establecen bonificaciones del 50 % de la cuota durante 18 meses y del 25 % durante seis meses más, para los cónyuges y los familiares de trabajadores autónomos que se incorporen al RETA y colaboren con ellos mediante la realización de trabajos.

Asímismo, para favorecer la seguridad del emprendedor y facilitarle una segunda oportunidad, se amplía el plazo, desde los 24 hasta los 60 meses para la reanudación de la prestación por desempleo una vez iniciada una actividad por cuenta propia a todos los trabajadores con derecho a prestación.

Las asociaciones de autónomos conceden una «especial importancia» la medida que permite conserva los derechos de prestación de desempleo a quienes realicen un trabajo por cuenta propia de una duración inferior a cinco años. Para su recuperación debe acreditarse que ha finallizado la causa de la suspensión y volver a inscribirse como demandante de empleo.

Por último, la nueva Ley introduce la posibilidad de que los autónomos económicamente dependientes, aquellos que perciben al menos el 75% de sus ingresos de un único cliente o empresa, puedan contratar un trabajador en determinadas circunstancias relacionadas con la conciliación de la vida familiar y laboral.

Nuevos empleos

El ministerio de Economía ha calculado que la entrada en vigor de la nueva ley conseguirá que el autoempleo crezca en 550.000 personas hasta el año 2019. El secretario general de la Unión Profesional de Trabajadores Autónomos (UPTA), Sebastián Reyna, considera que de aquí a final de año «se producirán, al menos, más de treinta mil nuevas altas», aunque también advierte sobre la «temporalidad» de los nuevos negocios y de que «tan solo estemos ante una solución coyuntural», por lo que reclama medidas de apoyo y acompañamiento a los nuevos emprendedores».