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Tribunales

La Audiencia obliga a Bankia a que sus empleados fichen en su horario laboral

Los sindicatos presentaron una demanda para controlar el exceso de horas extras que la empresa no abonaba

Después de muchos años de confianza mutua sobre el cumplimiento del horario de trabajo, los empleados de Bankia, procedentes en su mayoría de Bancaja y Caja Madrid, tendrán que fichar cuando lleguen y se vayan de la empresa. Lo acaba de ordenar la Audiencia Nacional tras la demanda por conflicto colectivo interpuesta por los sindicatos con representación en la entidad financiera.

¿Por qué se ha llegado a esta sentencia que afecta a unos 13.000 trabajadores, de los cuales 2.600 ejercen su oficio en la Comunitat Valenciana?. La secretaria general de UGT en Bankia, Pilar Valldecabres, explicó ayer a este diario que el problema se encuentra en el «abuso por parte de la empresa» respecto al horario laboral. En la entidad financiera, «no se ficha desde hace muchos años, ni a la entrada ni a la salida». El convenio colectivo establece que la plantilla trabajará 1.680 horas anuales. En concreto, de ocho de la mañana a tres de la tarde de lunes a viernes, aunque el jueves el horario se extiende hasta las ocho de la noche. Sin embargo, según la dirigente sindical, se trata de un acuerdo que apenas se cumple, ya sea porque los trabajadores están adscritos a oficinas ágiles „de 8.15 a 18.00 horas„, porque son directores de oficina, que la empresa equipara «a directivos y, por tanto, no tienen horarios fijos» , o porque son comerciales «y tienen que trabajar por las tardes».

A resultas de esta dinámica, el 70 % de la plantilla de Bankia trabaja fuera del horario de convenio o la empresa pretende que lo haga, según Valldecabres, quien precisa que cada empleado puede estar trabajando de más entre 100 y 140 horas anuales. Son horas extras, pero Bankia no las paga. La ausencia de un control horario impedía que los sindicatos tuvieran información precisa al respecto y evitó, además, la actuación de la Inspección de Trabajo, que se amparó en la inexistencia de datos concretos para no intervenir ante el elevado número de horas extras realizadas pero no cotizadas a la Seguridad Social. De ahí la demanda presentada por los representantes de la plantilla que ahora ha sido estimada por la Audiencia Nacional.

A resultas de la sentencia, contra la que cabe recurso de casación ante el Supremo, Bankia ha sido condenada a «establecer un sistema de registro de la jornada diaria efectiva que realiza la plantilla, que permita comprobar el adecuado cumplimiento de los horarios pactados». Según Valldecabres, con el control horario Bankia se verá en la obligación de pagar las horas de más que trabajen sus empleados y cotizar por ellas ante la SS, compensar a los trabajadores por el exceso laboral con vacaciones o confiar en que el empleado renuncie a exigir la compensación y, por tanto, «regale las horas».

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