­En los bufetes especializados en derecho mercantil ya hablan de las «nuevas cláusulas suelo» porque sus efectos son similares. Esto es, impiden a los afectados beneficiarse de la espectular caída del precio del dinero que, en los últimos años, ha supuesto todo un alivio para la mayoría de economías familiares. Se trata de las hipotecas referenciadas al IRPH, un indicador que las cajas de ahorros y las rurales vendieron a sus clientes con el argumento de que era «más estable» y que, en la actualidad, supone que los afectados estén pagando de media unos 1.200 euros anuales más que quienes escogieron el popular euribor.

Eso quienes tuvieron la suerte de poder elegir, porque lo cierto es que muchos de los afectados ignoraban por completo que estaban sujetos a esta referencia, que ahora los tribunales han empezado a declarar nula por falta de transparencia y de objetividad, tal y como recoge la sentencia del juzgado de Valencia que ayer publicó este diario y que obliga al Sabadell a devolver los intereses cobrados de más por un crédito que heredó de la CAM.

«Muchos clientes nos llegan pensando que tienen una cláusula suelo porque ellos lo que saben es que su hipoteca no ha bajado tanto como la de sus vecinos o amigos y no son capaces de explicarse el porqué», señala Beatriz Vildósola, del bufete Cañizares Abogados de Alicante, uno de los que está tramitando demandas por este asunto.

Una diferencia de base

¿Pero qué diferencia exactamente el euríbor del IRPH? A grandes rasgos, el primero refleja el precio al que los bancos se prestan dinero entre sí en el mercado europeo. Es decir, el coste al que las entidades consiguen la financiación necesaria para dar crédito. Por el contrario, el IRPH se basa en el precio al que los bancos y cajas ofrecen ese mismo dinero a sus clientes que, por lógica, siempre va a ser mayor.

Para ser exactos, es la media del tipo de interés de las hipotecas contratadas a lo largo de determinado mes y su elaboración corre a cargo del Banco de España, con los datos que le proporcionan las propias entidades. Y ahí estriba el primer problema.

«Lógicamente, esto supone que las entidades pueden influir en la evolución del indicador, que no es un índice objetivo», señala el responsable de Ausbanc en Alicante, Pedro Pérez. Así, si un mes los bancos conceden muchas hipotecas a un interés elevado, el IRPH subirá y no sólo ganarán más dinero con estos nuevos créditos que han concedido, sino con todos los que tengan en cartera referenciados al IRPH. Éste es uno de los argumentos que más está ayudando a los afectados a la hora de exigir la derogación de este índice, ya que el artículo 1.256 deja claro que la validez de un contrato «no puede dejarse al arbitrio de uno de los contratantes». En este caso, del banco.

El segundo argumento es la falta de transparencia de estas hipotecas. «La información que se daba a los clientes no era suficiente. No se les hacía una simulación comparando entre los distintos índices existentes», señala Vildósola.

Para acabar de enredar la cuestión, en octubre de 2013 el Gobieno decidió suprimir dos de los tres tipos de IRPH que existían y no en beneficio del cliente. Hasta ese momento las cajas tenían su propio IRPH, los bancos el suyo y había un tercero para «el conjunto de entidades».