La Generalitat Valenciana ha recurrido ante el Supremo la sentencia del Tribunal Superior de Justicia que anuló la orden creada por el Consell del Partido Popular para calcular el impuesto de transmisiones sin la comprobación real del valor del inmueble. La Abogacía de la Generalitat ha instado a recurrir la decisión del TSJ porque entiende que en el resto de España hay criterios discrepantes y el Supremo puedo dar la razón a la Conselleria de Hacienda. En juego, según los asesores fiscales, está la reclamación de 126 millones de euros del impuesto de la vivienda. El Consell reduce la cifra en litigio a 45 millones.

El sistema anulado por el TSJ fue aplicado a 54.854 valencianos que adquirieron su vivienda en los últimos tres años. La Asociación Española de Asesores Fiscales considera que la sentencia «supone un gran avance y una medida muy justa ya que en la mayor parte de los casos el resultado que arrojaba la aplicación de la orden superaba con creces el valor real».

El Tribunal Económico Administrativo de la Comunitat Valenciana, que depende del Ministerio de Hacienda, ya ha comenzado a aplicar el criterio del TSJ. En una sentencia del 15 de enero „previa a la anulación de la orden„ el tribunal asume las tesis del TSJ. La sala apunta que del pronunciamiento contenido en sentencias del TSJ que ya cuestionaban el criterio de la Conselleria de Hacienda «cabe concluir que resulta improcedente este sistema en tanto que su aplicación se traduce en la adopción de liquidaciones inmotivadas en tanto que el valor calculado como base imponible no responde a las características» del inmueble.

Por contra, fuentes de la Conselleria de Hacienda insistieron en que los TSJ de Extremadura, Andalucía y Castilla La Mancha han validado sistemas similares al de la Comunitat Valenciana. Las mismas fuentes aseguraron que incluso el Supremo ha confirmado que es válido el sistema andaluz en una sentencia del 17 de diciembre de 2015.

Mientras se pronuncia el Supremo, el Consell va a realizar una modificación del sistema utilizado para adaptarse al criterio judicial. EL TSJ ordenó a la Generalitat que las valoraciones atendieran al estado real de los inmuebles para determinar el precio auténtico.