Millones de españoles están obligados cada año a presentar la declaración de la renta y cumplir así con sus obligaciones tributarias con Hacienda. El envío de borradores y la ayuda de los técnicos de Hacienda facilita la presentación de todos los trámites, pero siempre es posible que los borradores contengan imprecisiones en las que conviene fijarse, sobre todo a la hora de acogerse a los beneficios por reducciones y deducciones fiscales.

El colectivo de técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) elaboró recientemente una lista con los diez errores, omisiones o imprecisiones más frecuentes en el borrador de la renta, relacionados en su mayoría con las deducciones por adquisición de vivienda, el estado civil o las subvenciones públicas.

-Especial atención a los cambios del estado civil, especialmente a los nacimientos de hijos, ya que dan lugar a nuevas deducciones.

-Revisar si conviene más hacer declaración individual o conjunta en el caso de los cónyuges.

-Revisar las deducciones de la comunidad autónoma porque pueden no aparecer en los borradores.

-Comprobar si la deducción por compra de vivienda, que sólo ha desaparecido para los contribuyentes que la adquirieron a partir del 1 de enero de 2013, consta en la declaración para quienes tengan derecho.

-Rendimientos del trabajo: los técnicos de Hacienda aconsejan hacer dos tipos de comprobaciones para no incurrir en errores. Por un lado, acerca de los ingresos, ya que pueden existir algunos que no consten en el borrador y, por otra parte, sobre algunos gastos que deben ser incluidos directamente por el contribuyente, como las cuotas sindicales, los gastos en defensa jurídica, así como la indicación de que, estando desempleado, se ha aceptado un trabajo que haya obligado a cambiar el municipio de residencia o si se es trabajador activo discapacitado.

-Viviendas y locales vacíos: generan lo que se denomina como 'imputación de rentas inmobiliarias', un presunto ingreso que se estima en un porcentaje del valor catastral del inmueble. Se debe comprobar que estas imputaciones son correctas.

-No olvidar que se deben declarar las ganancias patrimoniales (ventas de inmuebles o acciones o ayudas oficiales del Plan PIVE para compra de vehículos o las ayudas por compra de vivienda)

-La declaración no debe dejar fuera tampoco posibles donaciones o cuotas sindicales que se hayan abonado.

-No olvidar las aportaciones a planes de pensiones y comprobar que los datos que aparecen en el borrador son correctos, así como tener en cuenta las reducciones que transitoriamente se han aprobado si se rescata el plan de pensiones en forma de capital, bien por jubilación, invalidez, dependencia, desempleo de larga duración, enfermedad grave y, con carácter temporal, desde 15 de mayo de 2013 hasta 14 de mayo de 2017.