La salida a Bolsa de Bankia es un pleito sin fin, al parecer. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha incoado un expediente sancionador a nueve colegios de abogados de España, los de Valencia, Barcelona, Ávila, La Rioja, Vizcaya, Santa Cruz de Tenerife, Albacete, A Coruña y Sevilla, por una presunta infracción del artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia (LDC).

Estos organismos colegiados, según un comunicado de Competencia, «habrían aplicado sobrecostes en el proceso de Bankia realizando recomendaciones de precios, mediante la elaboración y publicación de criterios orientativos a efectos de tasación de costas sin tener en cuenta, por ejemplo, la existencia de pleitos masivos idénticos o muy parecidos entre sí». Como consecuencia de la aplicación de los citados criterios, Bankia afirma estar soportando un sobreprecio en la liquidación de costas procesales de más de 150 millones de euros.

El expediente tiene su origen en la denuncia presentada por la entidad financiera contra los colegios de abogados en relación con las demandas a las que está haciendo frente por su Oferta Pública de Suscripción de acciones de 2011. Según la denuncia, «los colegios de abogados habrían elaborado y difundido unos criterios de tasación de costas que no tienen en cuenta el carácter masivo de pleitos idénticos o muy similares entre sí, como sucede con los relativos a la OPS 2011».

Fuentes financieras explicaron ayer que los citados colegios, en su mayoría correspondientes a las zonas de origen de las siete cajas fundadoras de Bankia, ampararon que sus socios pasaran una minuta idéntica a la que cobra un despacho por el servicio de una demanda cuando se tramitaban decenas o cientos de ellas, aunque el trabajo real fuera el mismo, ya que la diferencia entre una o diez estriba básicamente en el nombre y la cantidad. Expresado de forma gráfica, si por una demanda cobraban mil euros, por treinta recibían 30.000. Y Bankia cree que con la minuta de una era suficiente.

Reacción del decano

El decano del Colegio de Abogados de Valencia, Rafael Bonmatí, negó la mayor. Explicó ayer a este diario que la función de este organismo es emitir un informe, si el juzgado lo solicita cuando el perdedor de un pleito está disconforme con la minuta y la impugna. «Nosotros informamos de si las minutas se ajustan a las normas, pero no sabemos si ese abogado ha hecho una o mil», afirmó Bonmatí, quien añadió que el citado documento no es vinculante y que es el secretario judicial quien toma la decisión final.

El decano precisó que no se trata de demandas colectivas y que, en su caso, Bankia también contesta «de una vez» a las demandas presentadas por un despacho, pero «solo demanda cuando pierde, que ha sido en la mayoría de los casos». De hecho, la entidad puso en marcha un proceso para devolver el dinero a los inversores después de que el Supremo concluyera que sus cuentas fueron maquilladas al salir a Bolsa.

Muy molesto con la entidad, Bonmatí acusó a Bankia de «deslealtad», de tener «argumentos tramposos y torticeros» y de tratar «de engañar a Competencia como hizo con la salida a Bolsa».

Tras la denuncia del banco, la CNMC inició una investigación y, «al observar indicios racionales de la existencia de conductas prohibidas por la LDC, se ha acordado la incoación del expediente sancionador por prácticas restrictivas de la competencia prohibidas en el artículo 1 de la LDC». La incoación de este expediente «no prejuzga el resultado final de la investigación». Se abre ahora un periodo máximo de 18 meses para la instrucción del expediente y para su resolución por la CNMC.