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Regulación autonómica

Competencia defiende las gasolineras "fantasma" y critica las trabas del Consell

Las empresas aseguran que la norma autonómica paraliza inversiones al ponerse trabas - El regulador destaca que impulsan la bajada de precios

Competencia defiende las gasolineras "fantasma" y critica las trabas del Consell

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha un duro varapalo a la regulación autonómica „en manos de la conselleria de Economía„ sobre la venta de carburantes para automóviles a través de estaciones de servicio desatendidas, conocidas también como «fantasmas» por la ausencia de personal en sus instalaciones y que en el argot del sector se denominan low cost por sus bajos precios. El organismo adscrito al Ministerio de Economía, según constata en su informe publicado ayer, defiende este modelo de empresas al considerar que su implantación «aumenta la competencia efectiva en el mercado y presiona a la baja los precios de los carburantes, aumentando con ello el bienestar de los consumidores finales».

El regulador se pronuncia así en favor de estas gasolineras que han sido prohibidas o prevén que sean reguladas con ciertas trabas en autonomías como Madrid, Navarra, Asturias, Baleares, Andalucía, Castilla-La Mancha, Aragón, Murcia y la Comunitat Valenciana. En esa última, la dirección general de Comercio, que dirige Natxo Costa, se obliga a las gasolineras low cost a estar atendidas por personal en horario diurno, que queda fijado en el periodo comprendido entre las 6 y las 22 horas durante los días laborales y afecta a gasolineras de determinados ámbitos rurales y localidades con escasa poblaciuon. El Consell implantó esta medida el pasado día 19 de junio.

Mientras tanto, la grandes empresas del sector de la distribución de carburantes, agrupadas en la patronal Aesae, cuentan con una amplia red comercial. De esta asociación forman parte firmas como Ballenoil, Petroprix, GasExpress, Settran, Nafte, Petrocar y AutoNet & Oil, entre otras.

La norma reciente de diversas autonomías impone la obligación de contar físicamente con una persona en la instalación. En ocasiones, se pretende vincular esta discriminación entre formatos con el mantenimiento del empleo, la seguridad de la instalación o la protección de los consumidores. «Por el contrario, esta imposición destaca como especialmente injustificada y no se corresponden con la evidencia disponible en la UE y en España», explica Competencia.

Cooperativas agrarias

En Europa, las estaciones desatendidas han representado durante años un formato habitual en numerosos mercado. «La competencia „según el informe de la CNMC„ no ha originado mayores riesgos para la seguridad del usuario y sí ha reportado beneficios para los consumidores en términos de mayor variedad, innovación y menores precios». «En España, las cooperativas agrarias han operado durante décadas numerosos puntos de suministro de carburantes sin incidentes destacables y sin la carga que representaría contar con una persona física», indica la CNMC.

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