Una juez de Valencia ha declarado la nulidad de los Valores Santander, también llamados Producto Amarillo, comercializados por Banco Santander y obliga a la entidad a restituir al demandante la cantidad de 20.000 euros que invirtió en septiembre de 2007. En dicha sentencia, el Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Valencia, ante la demanda presentada por Yuris Group Legal, establece la nulidad por incumplimiento del deber de transparencia y por vicio del consentimiento, pese a que el contrato se suscribió con carácter previo a la transposición de la normativa europea MIFID, según informó el despacho que ha ganado el caso. La sentencia se fundamenta en la normativa de protección al inversor de la Ley de Mercado de Valores y en diversos artículos del código civil, que establecen que la entidad incumplió la exigencia legal de transparencia, diligencia y deber de información.