Un juzgado de Primera Instancia de Valencia también ha dado la razón a Volkswagen frente a una cliente que pedía anular el contrato de compraventa de un Tiguan 2.0 TDI por el software que hay implantado en los motores diesel EA189 de la marca y que altera las emisiones cuando son inspeccionados.

Se trata de la tercera sentencia, después de las de Torrelavega (Cantabria) y Zaragoza, en la que la Justicia rechaza las denuncias interpuestas por los clientes de Volkswagen.

De acuerdo con el fallo, la dueña del vehículo demandó a Levante Wagen y a la correduría de seguros Volkswagen Insurance services por considerar que el vehículo adquirido (en agosto de 2013) no cumplía con lo ofertado.

La denunciante argumentó que lo compró por las tecnologías que incorpora para reducir el gasto de combustible así como las emisiones de CO2 y de NOx y que, por tanto, lo hacen más respetuoso con el medioambiente.

Por ello, reclamaba la nulidad del contrato de compraventa, la devolución del importe abonado así como los gastos asumidos y que se la resarciese por el daño causado.

El Juzgado, tras analizar las pruebas presentadas por las partes, ha llegado a la conclusión de que el vehículo es apto para la circulación y no representa mayor peligro para el medio ambiente que otros productos similares.

En su opinión, no es más contaminante en cuanto a las emisiones de óxido nitroso que otros de la misma gama y además "se sitúa en cuanto a nivel de emisiones en una zona media baja".

Asimismo, el tribunal destaca que el comportamiento "anómalo del vehículo no tiene lugar dentro de una conducción normal, puesto que la programación del software discriminaba y se comportaba de modo distinto en el ciclo de rodillo (en las pruebas de homologación)".

Igualmente tampoco se ha acreditado que la demandante sea una persona con especial preocupación por el medio ambiente ni que pertenezca a ninguna asociación ecológica, según la sentencia.

La jueza también recuerda que es un hecho "notorio" que por parte de Volkswagen se va a dar una solución técnica al motor sin coste alguno para los propietarios.

Por todo ello, desestima la demanda, considera que no ha lugar al resarcimiento de daños y perjuicios y condena en costas a la denunciante.