Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha declarado exenta del IRPF la prestación por maternidad de una mujer que solicitó la devolución de las cantidades abonadas, y ha obligado a Hacienda a restituir lo pagado por ese impuesto.

El efecto de esta sentencia particular, de la que informa este lunes 'Cinco Días', no genera jurisprudencia, aunque contradice el criterio seguido hasta ahora por la Agencia Tributaria y abre la vía a nuevas reclamaciones para quienes hayan cobrado esta prestación de la Seguridad Social desde 2012, ya que los casos anteriores habrían prescrito.

El tribunal ha dado la razón a una contribuyente que solicitó la devolución de 3.135 euros pagados en IRPF por una prestación de maternidad de 11.679 euros.

El proceso para reclamar no es sencillo, ya que primero hay que presentar ante la Agencia Tributaria una rectificación de autoliquidación del IRPF solicitando la devolución y, después, si Hacienda rechaza la petición, hay que reclamar al Tribunal Económico Administrativo y, posteriormente, al Tribunal Superior de Justicia de cada comunidad.

El debate no es nuevo. De hecho, en 2013 la Agencia Tributaria llegó a emitir una nota negando la posibilidad de exención fiscal de la prestación por maternidad, que considera como rendimientos del trabajo.

Ahora, cuando una trabajadora da a luz tiene derecho a 16 semanas de baja, un periodo que se puede compartir en parte con el padre. Durante esta baja, es la Seguridad Social la que abona el sueldo a través de la prestación de maternidad, que equivale a la base de cotización de la trabajadora.

Reacción sindical

UGT considera que la prestación de maternidad y paternidad debe estar exenta del pago de IRPF y, por ese motivo, exige al Ministerio de Hacienda que cambie su interpretación de la ley y llama a 2,5 millones de personas que recibieron la prestación desde 2012 a reclamar su devolución.

El sindicato, que se refiere así a la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que ha exonerado del IRPF a una prestación por maternidad, pide en una nota de prensa a Hacienda que devuelva "de oficio" estas cantidades y, de no ser así, insta a los afectados a reclamar judicialmente este derecho.

Según UGT, el fallo de la sentencia abre la puerta a que los trabajadores que dedican parte de su tiempo al cuidado de menores tras su nacimiento o adopción durante las 16 semanas de duración del permiso de paternidad puedan reclamar la devolución de lo que han abonado por el impuesto entre 2012 y 2016, "y lo mismo con las prestaciones de paternidad".