El Tribunal Supremo ha ratificado la decisión de la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) de multar con unos 42 millones de euros a varias asociaciones relacionadas con el transporte de contenedores que operan en el puerto de Valencia «por acuerdos para fijar los precios y repartirse el mercado en colaboración con la Autoridad Portuaria de Valencia y la conselleria de Infraestructuras». La CNC, que en enero de 2013 ya impuso otra multa de 20 millones al puerto de Barcelona y varias asociaciones que operan en este recinto, dio un duro varapalo a patronales del transporte, a las principales empresas estibadoras, a la APV y a la propia administración autonómica al asegurar que habían cometido una infracción «muy grave al haber distorsionado el normal funcionamiento de la oferta y la demanda». Los sancionados recurrieron la decisión ante la Audiencia Nacional, que les dio la razón y anuló la multa. Ahora, el Supremo, se la ha quitado, según aseguraron a este diario fuentes portuarias.

Competencia, que en julio de 2012 decidió ampliar el expediente sancionador a más entidades, imputó a organizaciones empresariales que forman parte de Cierval „como Fvet y ELTC„ así como de autónomos (Transcont y Transconval), la asociación naviera ANV, la de transitarios ATEIA (las agencias de carga de mercancías), así como a las tres grandes terminales de contenedores del recinto del Grao: Noatum, TCV y MSC.

Con todo, el Supremo ha confirmado la multa para quienes debían pagar más de 600.000 euros y libra a los grandes operadores de terminales al permitirles acogerse a la sentencia de la Audiencia Nacional. Se trata de TCV (grupo Maersk), Noatum y MSC, así como la patronal valenciana del transporte (Fvet)y la propia Autoridad Portuaria de Valencia que preside Aurelio Martínez.

El organismo público que vela por la libre competencia realizó graves denuncias al asegurar que todas las organizaciones mencionadas «pactaron acuerdos para homogeneizar los precios del transporte por carretera y otras prestaciones unidas al transporte. Incluso las indemnizaciones por paradas, así como la aplicación de forma coordinada de los incrementos del IPC o del gasóleo». Para conseguirlo, llevaron a cabo repartos del mercado y restricciones de la oferta mediante la limitación de vehículos a los que se les permite entrar y prestar servicio en el puerto. La CNC sostenía que se trata de una conducta «única y continuada» que se inició en 1998 y se extiende al menos hasta la incoación del expediente (2011).

La CNMC impuso a la Asociación Naviera Valenciana una sanción de 3,3 millones; a Ateia 13,1 millones; a ELTC (Asociación de Empresas de Logística de Contenedores) un total de los 12,6 millones; a Transcont, 3 millones y a Transconval, 9, 9 millones.

En cuanto a la APV, Competencia aseguró que participó junto con el resto de imputados en la adopción de acuerdos y compromisos sobre la actividad del transporte de contenedores por carretera en el puerto relativos a la fijación de precios y condiciones comerciales, la limitación o control de flotas y el reparto de mercado. Por su parte, la conselleria desempeñó un «papel activo» en la organización y vigilancia de la adecuada ejecución de un acuerdo de fijación de precios.