Las entidades financieras que heredaron el negocio de las extintas cajas de ahorros, bancos y cooperativas de crédito de la Comunitat Valenciana asumieron ayer un coste por las cláusulas suelo que supera los 1.400 millones de euros. Si a esta cantidad se le suma la que desvelaron otros tres bancos cotizados „BBVA, Liberbank y Popular„ la cifra conjunta de las siete se sitúa cerca de los 2.500 millones, según la información que remitieron a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).

Bankia, con sede en Valencia y fruto de la fusión de Bancaja, Caja Madrid y otras cinco entidades de ahorros de menor tamaño, aseguró ayer que el Real Decreto Ley aprobado por el Consejo de Ministros el pasado viernes después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictaminara que hay que devolver el dinero de las cláusulas suelo desde que empezaron a aplicarse en 2009 y no desde 2013, como estableció el Tribunal Supremo español, «no afecta sustancialmente» a sus previsiones de diciembre pasado.

Bancaja

El banco presidido por José Ignacio Goirigolzarri dejó de aplicar en septiembre de 2015 estas cláusulas que impiden que el tipo de un contrato hipotecario baje a partir de un tope determinado, aunque sí lo haga el euríbor. El año pasado provisionó 100 millones con cargo a 2016. La factura total es de 214 millones: 114 por la sentencia del Supremo y los otros cien por la del tribunal europeo. Fuentes de la entidad explicaron que no son cantidades elevadas porque Bancaja y Caja Madrid vendían sin cláusula suelo y que las que tienen en su balance proceden de Caja Canarias, sobre todo, y en menor medida de Caja La Rioja y Caja Segovia, tres de sus cofundadoras.

CaixaBank, que compró por un euro el Banco de Valencia, comunicó ayer a la CNMV que elevará en 110 millones las provisiones para devolver el dinero de las cláusulas suelo, con lo que la factura total será de 625, dado que la entidad catalana presidida por Jordi Igual ya contaba con una dotación de 515 millones.

Por su parte, el Banco Sabadell, que adquirió la CAM tras ser intervenida la caja alicantina, desveló ayer por primera vez el impacto que puede tener en sus cuentas el citado instrumento financiero. Será de un máximo de 490 millones, «importe que además se vería rebajado atendiendo a los términos concretos de la sentencia y a su forma de ejecución», según lo comunicado a la CNMV, donde se añade que «las cláusulas suelo de Banco Sabadell no han sido definitivamente anuladas con carácter general por sentencia firme, considerando la entidad que tiene argumentos jurídicos y procesales que deberían ser valorados en el recurso que se sigue tramitando». El banco presidido por Josep Oliu añadió que las provisiones realizadas por el grupo a 31 de diciembre de 2016 serán «suficientes» para absorber las posibles minusvalías.

Cajamar fue, junto al BBVA y Abanca, la entidad a la que condenó el Supremo. A raíz de aquella sentencia, la entidad tuvo que devolver algo más de cien millones. Ahora está a la espera, según las fuentes oficiales consultadas, de que el Supremo aclare si también le afecta el dictamen europeo „«no se puede condenar dos veces por lo mismo», afirman„ para calcular eventuales costes. La cooperativa de crédito ha absorbido en estos años a varias rurales valencianas como Ruralcaja o Caja Campo, pero fue antes de 2013. Desde esa fecha, se ha producido la absorción de Crèdit València y, por tanto, a esta le afecta sin dudas el Real Decreto, pero es «muy poca cantidad». El grupo con sede en Almería admite que desde 2012 la cooperativa sigue aplicando cláusulas suelo «pero no ha habido demandas porque fueron comunicadas al cliente y son transparentes».

Las otras tres entidades que informaron ayer de sus cláusulas suelo fueron el BBVA, que mantiene el impacto en 404 millones, el Popular, en 563 (sitúa el del Real Decreto en 229, 105 menos de lo previsto inicialmente) y Liberbank, en 83.

Los consumidores pueden reclamar desde ayer la devolución de las cantidades indebidamente cobradas por las cláusulas suelo poco transparentes. La nueva norma da tres meses a los bancos para llegar a un acuerdo con el consumidor una vez aceptada la solicitud. Si este no queda satisfecho con la oferta del banco, siempre tendrá abierta la vía judicial. El consumidor será el que tome la iniciativa para la apertura del proceso de reclamación, que podrá solicitar acudiendo a una sucursal bancaria.

Una vez que el cliente dirige la reclamación a la entidad, esta deberá remitirle un cálculo de la cantidad a devolver incluyendo los intereses o, alternativamente, las razones por las que considera que la reclamación no procede. Si el banco cree que la reclamación del cliente no procede, deberá remitirle un documento en el que especifique cuáles son las razones por las que se rechaza su solicitud. En el caso de que la entidad considere que la reclamación es oportuna, tras comunicárselo al consumidor, este deberá decidir si está de acuerdo o no.