El juzgado de Primera Instancia número 89 de Madrid ha desestimado la demanda interpuesta por Iberdrola contra Bankia, en la que la eléctrica reclamaba al banco la restitución de las pérdidas de 12,4 millones de euros que le causó la compra de acciones de la entidad en su salida a Bolsa en 2011.

El magistrado entiende que, aunque Iberdrola contaba con los mismos datos contables que los inversores minoristas, tuvo acceso a información complementaria que no estaba al alcance de ellos. Iberdrola considera que la sentencia se basa en argumentos poco sólidos, por lo que previsiblemente recurrirá ante la Audiencia Provincial de Madrid.

En su argumentación, el magistrado destaca dos hechos relevantes comunicados por Bankia a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CMNV), en los que trasladaba sendas rebajas de la calificación crediticia de la entidad por parte de Moody's y Fitch.

Según la sentencia, Iberdrola contó con esos «dos avisadores de inseguridad e incertidumbre» sobre la situación de Bankia, pese a lo cual compró acciones por un importe de casi 70 millones de euros. La sentencia señala que, aunque los hechos relevantes se publicaron en la web de la CNMV, no resultaba factible consultarlos para los inversores minoristas.

El magistrado indica que las pruebas practicadas redundan en que Iberdrola «no supo de Bankia nada distinto» de lo que la entidad inscribió en el registro mercantil y después publicó en el folleto de la salida a Bolsa.