El juzgado de València especializado en cláusulas suelo ha recibido en su primer mes de funcionamiento 1.182 demandas. La cifra confirma las previsiones de los magistrados que esperaban una avalancha de casos. El Poder Judicial se comprometió a nombrar más jueces en cuanto el juzgado recibiera novecientas demandas (la idea es nombrar un magistrado de apoyo cada vez que se llegue a esa cifra), aunque de momento no se va a aplicar la medida porque hasta que no empiecen los primeros juicios no hace falta. Fuentes judiciales apuntaron que los primeros juicios comenzarán en València a finales de diciembre.

El juzgado funciona ahora con normalidad tras arrancar a principios de junio con problemas. El órgano judicial nació con menos personal que el resto a pesar de que se esperaba la avalancha de procedimientos que se está produciendo. Los juzgados normales tienen ocho funcionarios y el de cláusulas suelo empezó con cinco. El Decanato va a pedir ahora tres funcionarios de apoyo para evitar el colapso. «Ahora el juzgado funciona a velocidad de crucero pero hacen falta más funcionarios para que no se atasque», advirtieron fuentes judiciales.

El problema de fondo es que el proceso extrajudicial abierto por el Gobierno para que los afectados por las cláusulas suelo de las hipotecas negociaran directamente con sus bancos la devolución del dinero ha fracasado en la Comunitat Valenciana. Los bancos -salvo Bankia y BBVA- han rechazado mayoritariamente las pretensiones de sus clientes y obligan a ir al juez. El rechazo, según una estimación de la Unión de Consumidores de la Comunitat Valenciana, alcanza al noventa por ciento de los casos.

Cada demanda requiere un tratamiento individualizado porque no está claro que todas las cláusulas suelo sean abusivas.

Un coste alto

La decisión de pleitear le puede salir cara a la banca. El Tribunal Supremo estableció la semana pasada como criterio general que el banco condenado por cláusulas abusivas pague las costas judiciales de todo el proceso. Los magistrados consideran que si el consumidor, a pesar de ganar el litigio, tuviera que pagar sus gastos en las primeras instancias se produciría un efecto disuasorio.

El fallo, que contó con el voto particular de tres magistrados, estimó de este modo el recurso interpuesto por un usuario de CaixaBank contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Álava, que declaró la nulidad de la cláusula aunque eximió a la entidad de dicho pago en junio de 2015. Sin embargo, la decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que el pasado diciembre concedió la plena retroactividad a todos quienes suscribieron un contrato hipotecario de tales características, abría una nueva vía a los perjudicados para que éstos solicitaran el reintegro de las cantidades abonadas de más de forma indebida.

Evitar el efecto disuasorio

Así lo reconoció la sala, que ahora avala la petición del cliente ya que, en su opinión, de ratificar el criterio anterior «se produciría un efecto disuasorio inverso, no para que los bancos dejaran de incluir las cláusulas suelo en los préstamos hipotecarios sino para que los consumidores no promovieran litigios por cantidades moderadas».

De igual forma, el Tribunal Supremo afeó que el banco pretendiera, más allá de invocar a su favor la anterior doctrina del Supremo, vigente hasta el pasado febrero y que establecía como límite temporal para reclamar el 9 de mayo de 2013, «intentar la suspensión de recurso y negar por completo la obligación de restitución».