La Generalitat no podrá, tal como pretendía, equiparar a los trabajadores de las cámaras de comecio valencianas a los funcionarios. Y es que el Consell Jurídic Consultiu, en su dictamen sobre el reglamento de estas corporaciones remitido por la Conselleria de Economía Sostenible, considera que las cámaras «son corporaciones de derecho público que no tienen cabida dentro del concepto de administración de la Generalitat». Además, recuerda que la ley estatal de cámaras señala que el personal de estas corporaciones «quedará sujeto a la normativa laboral vigente». Los trabajadores camerales han tenido durante muchos años un status algo particular que les acercaba al funcionariado sin serlo. El citado reglamento pretendía aplicarles el régimen del personal laboral al servicio de las administraciones públicas, singularmente en lo que respecta a los regímenes de selección,disciplinario y de incompatibilidades y al código ético y de conducta.

Esta cuestión es la única sustancial que el Consell Jurídic ordena modificar respecto al citado reglamento, que en principio será aprobado por el Consell este viernes con el propósito de que sea publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana antes del 2 de octubre, fecha establecida por el Gobierno para el inicio de los procesos electorales en todas las cámaras españolas. Los comicios deberán haber terminado antes del 1 de octubre del año que viene. Las previsiones de la Generalitat es que las cámaras valencianas estén renovadas en el plazo de ocho meses, es decir entre finales de mayo y principios de junio de 2018.

Otras cuestiones abordadas por el Consell Jurídic son la recomendación de que los miembros del pleno cameral elegidos de entre personas de reconocido prestigio tengan una cierta limitación de mandato y no que puedan ser reelegidos indefinidamente. También establece que los dos representantes en las juntas electorales designados por la consellería competente tengan la condición de funcionarios, una precisión no contenida en el reglamento.