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Tribunales

Tres fallos del Supremo y el TSJ contradicen el argumento que tumba Puerto Mediterráneo

El Consell rechazó el proyecto porque ocupaba la zona de reserva de la CV-35, que la ley fija en cien metros, pero que el II Plan de Carreteras reduce a solo 50 - La Generalitat defendía en esas sentencias la vigencia de la norma que dice derogada desde 2006

Tres fallos del Supremo y el TSJ contradicen el argumento que tumba Puerto Mediterráneo

Tres fallos judiciales, uno del TSJ y otros dos del Supremo, reconocen la vigencia del II Plan de Carreteras de la C. Valenciana de 1995, lo que en la práctica da la razón al promotor de Puerto Mediterráneo en su pleito con el Consell tras el rechazo al megacentro de Paterna.

Hace ahora un año, el 29 de septiembre de 2016, la Comisión de Evaluación Ambiental tumbaba el proyecto porque ocupaba el espacio que la Conselleria de Obras Públicas entiende como zona de protección de la carretera CV 35 y que fija en cien metros. El departamento de María José Salvador frenaba un parque que dejaba solo un área de servidumbre de 50 metros con la carretera colindante.

La Subdireción General de Movilidad se apoyaba en ley de Carreteras 6/1991, que fija una anchura de cien metros como zona de reserva. Pero había una excepción a la norma general recogida en la ley: cuando «exista una planificación viaria que señale la anchura correspondiente». Y en este caso, existe un plan de Carreteras (el II plan de Carreteras de la C. Valenciana), de febrero de 1995, que fija en 50 metros la zona de protección para esta carretera, de alta intensidad viaria.

Con este marco legal contaba Intu, el promotor de Puerto Mediterráneo, cuando diseñó un centro que solo dejaba un área de reserva de los mencionados 50 metros.

¿Cómo se justifica la aplicación de la otra medida? La conselleria sostiene que este plan de carreteras de 1995 quedó derogado de facto (sin necesidad de ningún acto jurídico) con la entrada en vigor de una modificación de la ley de carreteras, el 1 de enero de 2006. «La voluntad del legislador del año 2005 fue ampliar la zona de protección hasta ese momento vigente de 50 a 100 metros para autopistas y autovías, a menos que un plan o proyecto (con posterioridad) estableciese expresamente un límite diferente. Desde es momento la Generalitat no ha aprobado ningún otro plan, por lo que se entiende que las modificaciones que han entrado en vigor han incidido en la interpretación de las previsiones contenidas (en el II plan)», argumenta la conselleria a preguntas de este diario.

Lo cierto es que la interpretación que hace la conselleria sobre qué normativa se impone respecto a Puerto Mediterráneo no se corresponde con lo mantenido los últimos años. Distintas sentencias posteriores a 2006 (fecha en queda derogada el Plan y la zona de reserva pasa de 50 a 100 metros, según Obras Públicas) reflejan cómo se mantenía la vigencia del II Plan de Carreteras, que era lo que necesitaba Intu para encajar su proyecto.

Munición para el contencioso

Ocurre con un fallo del Supremo de 26 de junio de 2012. La Generalitat había presentado recurso tras ser condenada en 2009 a pagar un mayor precio por la expropiación de una parcela para obras de la ronda norte. Y, dentro de sus argumentos, alegaba la existencia del II Plan de Carreteras de la C. Valenciana. «A juicio de la defensa de la administración expropiante y ahora recurrente [...] en el caso del concreto tramo de autos se trata de una infraestructura que tiene un interés supramunicipal que estaba includio en un plan autonómico de carreteras (II Plan de Carreteras de la C. Valenciana)», alega la sentencia.

La expropiación objeto de este proceso es de abril de 2006, fecha posterior a la entrada en vigor de la reforma de la ley que, según conselleria, anula el II Plan de Carreteras.

En otra sentencia del Supremo, de 11 de mayo de 2009, sobre unas modificaciones del PGOU de Torrevieja, se da por «acreditado» que un tramo de la CV-905, «conforme al II Plan de Carreteras de la C. Valenciana, aprobado por decreto 23/1995 de 6 de febrero, determina que la zona de protección viaria de la misma es una banda de 50 metros a cada lado de la carretera».

También el TSJ valenciano, en junio de 2009, establece la vigencia de este plan de carretera, que fija una zona de protección de 50 metros. Da la razón a la Generalitat, tras un recurso de Red Eléctrica, que había construido a 25 metros de la CV800. La administración se ampara en el II Plan de Carreteras. Tanto la sentencia (2009), como la resolución de la Generalitat que recurría Red Eléctrica (4-6-2007), son posteriores al 1 de enero de 2006. Y la Generalitat mantenía la vigencia de la norma que fija en 50 metros el área de reserva de las autovías.

Pese a las nuevas negociaciones con el Ayuntamiento de Paterna, el promotor de Puerto Mediterráneo mantiene abierta la vía judicial para retomar el proyecto. Y pretende usar estas sentencias, recopiladas en un informe jurídico, para revertir el rechazo al proyecto.

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