El Juzgado de Primera Instancia número 12 de València ha ordenado a Bankia que devuelva 139.913,28 euros a una clienta por hacer transferencias desde su cuenta al extranjero sin verificar su identidad y, por lo tanto, no comprobar que había sido suplantada. El banco recibió un correo electrónico desde la cuenta de la demandante en la que se pedían estas transferencias y las realizó sin comprobar la identidad de la solicitante ni pedir el carné o firma electrónica. La mujer ni conocía ni consintió estas operaciones bancarias.

Así consta en la resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que el juzgado estima la demanda de la mujer contra Bankia y le condena a devolver estos cerca de 140.000 euros más los intereses legales desde 2016.

Según consta como probado en la sentencia, la demandante es clienta de Bankia desde agosto de 2015 y depositó en esta entidad el importe que obtuvo de la venta de un inmueble. En diciembre de ese año, la entidad recibió un email desde la cuenta de correo de la mujer solicitando transferencias a otra cuenta de una entidad financiera de Inglaterra. También contactó telefónicamente con la subdirectora de la oficina una tercera persona que se identificó como la demandante. El banco, sin comprobar la identidad, efectuó tres transferencias: una por importe de 30.000 euros; otra por 50.000 y una más por 60.000 euros con sus comisiones. El 8 de enero de 2016, la clienta -defendida por los despachos de abogados Lexcam y Rocabert & Grau, dirigida por el letrado Ignacio Grau-, al realizar diferentes gestiones, se percató de esos pagos y exigió la recuperación de su dinero.