La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado con 1,45 millones de euros a nueve colegios de abogados por realizar una «recomendación colectiva de precios». Entre los sancionados se encuentra el Ilustre Colegio de Abogados de Valencia (ICAV), que tiene que hacer frente a una sanción de 315.000 euros solo superada por el colegio de Barcelona, sancionado con 620.000 euros.

El decano del ICAV, Rafael Bonmatí, calificó de «aberrante» la sanción, que atribuyó a la «deriva» del Gobierno del PP. «Quieren cargarse los colegios profesiones y además tienen mucho interés en que los ciudadanos no sepan cuánto les va a costar un pleito antes de empezarlo», aseguró.

El expediente se inició con motivo de una denuncia de Bankia por las costas de los pleitos masivos presentados por los accionistas reclamando la inversión realizada en la salida a bolsa de 2011. «Durante la investigación- explica la CNMC en una nota­-se puso de manifiesto que nueve colegios de abogados habían elaborado, publicado y difundido baremos de honorarios, que no están autorizados».

Rafael Bonmatí se mostró indignado por la sanción y recordó que durante la tramitación del expediente la CNMC llegó a remitir a los colegios afectados un pliego de cargos en el que se concluía que no existía «nada sancionable» en la decisión de fijar unos honorarios orientativos, una «recomendación colectiva», según la terminología utilizada por la comisión. «Con posterioridad lo han cambiado y han condenado», dijo el decano.

Pagar, recurrir y esperar

«Lo vamos a recurrir, claro, y ningún tribunal dará validez a esa decisión, porque no se sostiene, pero ya sabemos qué ocurre en estos caso: primero se paga, luego pleiteas y reclamas el dinero y ya te pagarán».

Bonmatí recordó que en España la justicia la paga quien es condenado en costas. «Nosotros, al recomendar el importe de los honorarios estábamos buscando también la seguridad para el cliente, que puede perder su pleito y tiene derecho a saber cual es el coste de que no prospere su reclamación», explica el decano.

«Existe una Carta de Derechos de los Ciudadanos Ante la Justicia que reconoce el derecho de nuestros clientes a conocer el coste aproximado de la intervención del profesional y de la forma de pago. Sancionarnos por ello es sencillamente intolerable», añadió.

Según el argumento de la CNMC, «los honorarios de los abogados deben fijarse libremente». No existe sistema arancelario, lo que supone que los honorarios no se fijan por ley y tampoco están sometidos al sistema de tarifas mínimas.

El artículo 1 de la ley de la Competencia prohíbe acuerdos, decisiones o «recomendación colectiva» que pueda falsear la competencia y la ley Ómnibus de 2009 «prohíbe expresamente a los Colegios establecer recomendaciones sobre honorarios», recuerda la nota de la CNMC.