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Horarios

Comercio también endurece el acceso a la libertad horaria a las tiendas más pequeñas

Los locales de conveniencia tendrán un máximo del 50% de superficie dedicada a alimentación si quieren abrir todos los festivos

Comercio también endurece el acceso a la libertad horaria a las tiendas más pequeñas

Cumplido el objetivo de reducir la cantidad de domingos y festivos que puede abrir el gran comercio (València, por ejemplo, ha pasado de los 63 festivos al año a solo 38), la Conselleria de Economía quiere ir un pasó más allá.

La Dirección General de Comercio está a punto de publicar en el DOCV el reglamento que desarrollará la última ley de horarios comerciales, que estará quince días sujeto a alegaciones antes de su aprobación por el Consell. Y el documento, al tiempo que pone orden a los procedimientos administrativos para fijar los horarios de apertura, endurece el acceso a la libertad horaria.

El caso más claro se da con las llamadas tiendas de conveniencia, esos establecimientos de entre 300 y 500 metros que abren 18 horas al día, domingos incluido, y venden diferentes tipos de productos, desde comida a libros. Hasta ahora, la norma solo exigía que hubiera un reparto equilibrado del espacio, sin concretar, entre los diferentes productos.

El nuevo reglamento, sin embargo, crea cuatro gamas de productos: libros y diarios; alimentación, discos y juguetes, y artículos diversos. Cada uno de estos grupos deberá suponer obligatoriamente al menos un 20% del catálogo de la tienda. Y ninguna podrá superar el 40%, ni más de la mitad de superficie de venta al público.

El director general de Comercio, Natxo Costa, pretende así evitar la picaresca después de detectar que algunas marcas han podido funcionar como pequeños supermercados, dando todo el protagonismo a la alimentación. La conselleria, de hecho, abrió hace unos meses dos expedientes sancionadores a una cadena de distribución por incumplir la normativa. En la Comunitat Valenciana existen varias cadenas que operan bajo este formato, más pequeño, en entornos urbanos.

Además de fijar nuevas condiciones, el reglamento establece los mecanismos y procedimientos para inspeccionar que se cumplen esos equilibrios, de modo que se podría retirar la condición de tienda de conveniencia, además de sancionar.

En lo que respecta a las zonas de gran afluencia turística, aquellas que gozan de libertad horaria por tener acreditado su condición de municipio turístico, la conselleria también aclara en el documento cuáles son los pasos para la declaración, modificación o revocación de estas áreas.

Por ejemplo, el futuro reglamento da potestad a la Dirección General de Comercio para, de oficio, revocar de forma anticipada una zona de gran afluencia turística. La medida, señalan desde la conselleria, está pensada para casos flagrantes en que desaparece la circunstancia que motivaba una declaración de libertad horaria, como la reducción del número de segundas residencias.

Evitar vacíos legales

Igualmente, el borrador de reglamento estipula que cada cuatro años habrá una revisión de estas zonas, frente a lo que ocurría hasta ahora, cuando no existía fecha de caducidad. La concesión de zona de gran afluencia turística tendrá ese vigencia, y será prorrogable, siempre que se acredite que persisten las causas que motivaron la declaración inicial. Para demostrarlo, el ayuntamiento del municipio en cuestión deberá acreditarlo con un informe en los meses previos a que expire esos cuatro años. Y la conselleria podrá rebatirlo. En 2022 llegará la primera revisión.

Con este reglamento, la conselleria pretende llenar vacíos legales y procedimentales que hoy existen para revocar una ZGAT. Cabe destacar que fue precisamente un error formal, por no dar audiencia a los afectados, lo que reventó el primer intento de Economía para revertir varias áreas de libertad horaria, como la del campo del Levante UD en València.

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