Cabeza abajo por la libertad de expresión

El director del IES afirma que la foto de Font de Mora fue una protesta sin ánimo de injuriar

 
cabeza abajo. Imagen del conseller colocada en el instituto Las Norias en Monforte del Cid y motivo del expediente.
cabeza abajo. Imagen del conseller colocada en el instituto Las Norias en Monforte del Cid y motivo del expediente. levante-emv
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Maite Ducajú, Valencia
Las alegaciones del director del instituto Las Norias de Monforte del Cid, José Luis Santiago, al pliego de cargos del expediente disciplinario incoado por la Conselleria de Educación, por el que le reclaman tres años de inhabilitación, fueron presentadas ayer en tres folios y medio. En opinión del afectado, "no procede imponer sanción alguna toda vez que no existe infracción que lo justifique" por la colocación de una imagen invertida del conseller Font de Mora.
El director asegura que este acto fue "una manifestación de la libertad de expresión de la asamblea de profesores del centro, promovida por la Plataforma en un contexto de malestar y reivindicaciones, conocido por el público, frente a la política educativa de la conselleria". Así, su "tolerancia" fue "un acto de respeto hacia tal derecho de libertad de expresión" lo que excluye "cualquier "animus injurandi" hacia la persona objeto de las criticas pues se trata de un acto puntual de protesta; una forma de llamar la atención" se defiende.
El afectado solicita en sus alegaciones que "se convoque una asamblea de profesores del instituto para que se manifieste acerca de si fue la que decidió colocar la fotografía del conseller en posición invertida" así como que "se requiera a la Plataforma en Defensa de la Enseñanza Pública para que aporte la información sobre las actuaciones de protesta por los distintos sectores como consecuencia de la implantación de la asignatura de Educación para la Ciudadanía" en inglés.
El responsable del centro pide un "acto de careo" entre el inspector de Educación instructor del expediente, Santiago Íñiguez, y él mismo para "clarificar si hubo orden expresa o no de retirada de la fotografía". Para el director, entre ambos haya "una diferencia de criterio" a la vez que afirma que es manifiesta "la subjetividad" del representante de la conselleria porque, en sus actuaciones, "atiende a las que perjudica al imputado y silencia lo que le pudiera beneficiar".

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