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EFE Así lo ha acordado la Sala de lo Penal del TS en varias providencias, han informado fuentes del Alto Tribunal.
Estas asociaciones, entre ellas la Asociación Memoria Histórica do 36 de Ponteareas (Pontevedra) y la Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica (ARMH), en diferentes escritos se autoinculparon la semana pasada ante el Supremo como "inductores y cooperadores necesarios" de las resoluciones de Garzón.
Además, reclamaron la recusación de los magistrados de la sala de lo penal del Alto Tribunal que admitieron a trámite la querella por prevaricación que el sindicato ultraderechista Manos Limpias presentó contra Garzón, y especialmente la del ponente de esa resolución, Adolfo Prego, lo que también rechaza el TS.
El rechazo de estos escritos se produce de acuerdo con el artículo 11.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) que establece que "los juzgados y tribunales rechazarán fundamentalmente las peticiones, incidentes y excepciones que se formulen con manifiesto abuso de Derecho o que entrañen fraude de Ley o procesal".
Otros colectivos que se autoinculparon eran de Málaga, Arucas (Canarias), Castilla y León, Castellón y Soria, así como la Asociación de Familiares de Fusilados y Desaparecidos a raíz del Golpe Militar del 18 de julio.
Como paso previo a la recusación de los magistrados, los escritos, que han sido devueltos a sus firmantes, solicitaban su personación en la causa.
Por su parte, la Fiscalía ha informado a favor de que la Sala de lo Penal del Supremo estime el recurso de Garzón contra la admisión a trámite de la querella de Manos Limpias contra este magistrado por su actuación en el caso de las desapariciones en el franquismo.
La decisión del TS de admitir a trámite la citada querella ha sido recurrida por Garzón, quien niega haber prevaricado al declararse competente en este caso.
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