El Congreso limita la jurisdicción universal de la Justicia española

La reforma exige a la Audiencia Nacional que sólo intervenga en causas relacionadas con España

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EFE MADRID El pleno del Congreso aprobó ayer por una amplia mayoría la reforma legal que limitará la actuación de la Audiencia Nacional en materia de jurisdicción universal a los casos en los que existan víctimas españolas o en los que los responsables del delito se encuentren en España. Se trata de una modificación de los apartados 4 y 5 del artículo 23 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), que regula las competencias de la jurisdicción española en delitos de genocidio, lesa humanidad, terrorismo o piratería, entre otros, y que contó con el apoyo de la mayoría de las fuerzas políticas, salvo ERC-IU-ICV y el grupo mixto.
La reforma, que ahora se envía al Senado, fue respaldada por PSOE, PP, CiU y PNV -329 votos a favor, 9 en contra y 6 abstenciones- y se ha incluido en el proyecto de ley orgánica que desarrolla la implantación de la nueva Oficina Judicial.
A partir de ahora, como requisitos para que la Justicia española pueda actuar bajo el principio de jurisdicción universal, se establece la necesidad de que se demuestren "vínculos de conexión relevante" con España, que haya víctimas de nacionalidad española o que el autor de delito esté en territorio nacional.
Actualmente la Audiencia Nacional mantiene abiertas una quincena de causas bajo dicho principio de justicia universal, que abarcan desde la investigación de delitos de genocidio en Guatemala o el Tíbet a los crímenes de guerra en Gaza, las torturas en Guantánamo o, más recientemente, los actos de piratería en las costas de Somalia.
Una vez que se aprueben en el Senado las nuevas modificaciones de la LOPJ, los jueces de la Audiencia Nacional ya no podrán actuar en esta materia si se ha abierto una investigación y una "persecución efectiva" de los hechos denunciados en el país donde se hayan cometido o en un tribunal internacional. Y si el país implicado, o un tribunal internacional, abre otro proceso sobre los mismos delitos, la jurisdicción española deberá archivar provisionalmente la causa que haya iniciado.

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