OTR PRESS MADRID
El asesino de Carlos Palomino ha sido condenado a 26 años de prisión, 19 por un delito de asesinato con la agravante de motivos ideológicos y otros 7 por un delito de tentativa de homicidio. Josué Estébanez ha sido absuelto, en cambio, del delito de tenencia ilícita de armas y de amenazas. Los magistrados justifican la agravante de la pena por la estética neonazi que lucía el acusado el día en que mató al otro joven, además de en las frases proferidas contra sus rivales, como "Sieg Heil", que se utilizaba en la Alemania del Tercer Reich. La sentencia rechaza que actuara en legítima defensa.
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a 26 años de prisión a Josué Estébanez de la Hija como autor de la puñalada mortal que acabó el 11 de noviembre de 2007 con la vida del menor antifascista Carlos Palomino en el Metro de Legazpi, en Madrid, cuando se dirigía a reventar una manifestación convocada por las Juventudes de Democracia Nacional.
En cuanto a la responsabilidad civil, la Sala le ha condenado a indemnizar con 92.257,01 euros a la madre de Palomino y con 67.096 a su padre.
En su declaración, Josué aseguró que apuñaló a Palomino en legítima defensa, al verse acorralado por el grupo que acompañaba al fallecido. Sin embargo, los testigos certificaron que el asesino llevaba preparada su arma antes de que el grupo de Palomino entrara en el vagón estacionado en la parada de metro de Legazpi.
"Me siento arrepentido. Yo no quería quitarle la vida a nadie. Me entró mucho miedo y no supe reaccionar", aseguró el acusado el último día de la vista oral. Estébanez lamentó que "tenía una vida ya hecha". "No supe como reaccionar. Lo siento mucho", añadió al hacer uso de su derecho a la última palabra en el juicio.
La Fiscalía solicitaba 30 años de cárcel por el delito de asesinato, con la agravante de odio ideológico. Según la fiscal, el condenado "controló la situación", ya que preparó y ocultó tras su espalda el arma homicida antes de que el grupo de Palomino entrara en el vagón de metro donde se cometieron los hechos.
En la sentencia, la Sala rechaza que Josué actuara en legítima defensa y concluye que "la muerte de Carlos fue consecuencia directa de la agresión del acusado, realizada de forma plenamente voluntaria y con la consciencia, no sólo probable, sino absoluta de acabar con su vida". Añade que Josué ocultó la navaja cuando se encontraba en el interior del metro, "a la espera de atacar con cualquier excusa a cualesquiera de las personas que por su estética consideraba antifascistas".