El Supremo reconoce el derecho a trabajar y cobrar pensión de invalidez a una mujer

Considera que la compatibilidad es un acicate para la reinserción de los trabajadores con discapacidad

 
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EUROPA PRESS BARCELONA ?
El Tribunal Supremo declaró en una sentencia "excepcional" que una mujer tetrapléjica con gran invalidez tiene derecho a cobrar un sueldo sin perder, a la vez, su pensión. Los abogados del Colectivo Ronda consiguieron ganar el recurso para C.C.S., una mujer de 31 años de Cataluña, que obtuvo la invalidez por un accidente laboral en 2004, y dos años más tarde empezó a prestar sus servicios como trabajadora social en el Instituto Guttmann de Barcelona.
Su trabajo actualmente consiste en proporcionar información, orientación y asesoramiento sobre los recursos y prestaciones sociales a las personas hospitalizadas en la Institución -especializada en parálisis y tetraplejias-, así como la valoración y tramitación de los expedientes.
El Supremo considera que se puede permitir que personas con diferentes grados de invalidez realicen trabajos ajustados a sus capacidades sin perder por ello una pensión obtenida tras un accidente laboral. "Este planteamiento cobra pleno vigor si se atiende a las nuevas tecnologías que consienten pluralidad de actividades laborales a jornada completa a quienes se encuentran en situaciones de incapacidad o gran invalidez, de manera que la compatibilidad representa un considerable acicate para la deseable reinserción de los trabajadores con capacidad disminuida".

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