EFE/EP MADRID
El Tribunal Supremo ha condenado al Ministerio de Justicia a conceder una indemnización de 75.000 euros a un hombre que pasó un año y tres meses en prisión preventiva acusado de los delitos de agresión sexual, detención ilegal y lesiones, de los que fue absuelto tras el juicio.
F.R.R. ingresó en prisión en diciembre de 1998, después de que la madre de un menor que se había escapado de casa lo encontrara con él, pero cuando se celebró la vista correspondiente en marzo de 2001, la Audiencia Provincial de Madrid consideró que de los hechos probados no se podían deducir los delitos que le imputaba el fiscal y le dejó en libertad.
Así, la sentencia establecía que aunque el acusado había pasado el día con el menor -que tenía en aquel momento trece años-, al que había encontrado en una discoteca y luego había llevado a buscar setas y a distintos establecimientos de la localidad, no había "siquiera indicios" de los delitos de agresión sexual o detención ilegal.
Por todo ello, el acusado pidió una indemnización a Justicia que le fue denegada y recurrió ante la Audiencia Nacional, solicitando que le compensaran por los más de quince meses pasados en prisión condicional, que le costaron su puesto de trabajo y afectaron a su vida privada al hacerle perder amistades y motivar la separación de su mujer y el rechazo de sus hijos. La Audiencia, sin embargo, no le concedió la compensación que pedía al considerar que la sentencia absolutoria se debía a la falta de pruebas y no a un error judicial, El TS ha estimado ahora que, dado que del relato de hechos probados no se deduce ninguna infracción, F.R.R. sí que se encuentra en ese supuesto.