Los conductores extranjeros que cometan una infracción se exponen no sólo a una multa económica sino también a perder puntos de su carné e incluso a quedarse sin poder circular por el país. Así lo explicó la DGT en una instrucción remitida a la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil el pasado 8 de junio.

El documento indica que la Ley de Tráfico "debe interpretarse de forma que transmita claramente el mensaje de que el sistema del permiso por puntos afectará, si a ello hubiera lugar, y sin excepción alguna, a todos los titulares de autorización administrativa para conducir, tanto si ha sido obtenida en España como si, habiendo sido obtenida en otro país, está inscrita en el Registro de Conductores e Infractores".

La Ley de Tráfico establece en su artículo 67.3 que, "en el supuesto de infracciones que impliquen detracción de puntos", el agente denunciante remitirá los datos del permiso de conducir al órgano sancionador competente que, cuando la sanción sea firme, los comunicará juntamente con la sanción y la detracción de puntos, pero no hace referencia expresa a los conductores con carnés de otro país. Por ello, la DGT establece que, "para evitar una aplicación del sistema del permiso por puntos de modo que pudiera ser entendida como discriminatoria" a favor de los conductores con un carné de otro país, hay que interpretar este artículo de la ley de manera que el conductor que cometa una infracción pierda puntos "sin excepción alguna".

Además, si un conductor con un carné de otro país agota todo su saldo de puntos, perderá la "validez o eficacia" para conducir en España. Es decir, no se le retirará su carné, pero no podrá conducir más en España hasta que supere una prueba de conocimientos, igual que si se tratara de un conductor español.