El Gobierno ha dado luz verde al anteproyecto de la Ley de Seguridad Ciudadana que, entre otras sanciones, multará con hasta 30.000 euros la exhibición de fotos de terroristas o los actos de ofensa o ultraje a España, las Comunidades Autónomas y los ayuntamientos, a sus símbolos e himnos.

Con la mayoritaria oposición de los partidos, las asociaciones judiciales y las organizaciones que representan a los policías y guardias civiles, el Consejo de Ministros ha dado su visto bueno al borrador de una norma que sustituirá a la conocida como la ley Corcuera o "ley de la patada en la puerta", de 1992.

Ha sido el ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, el encargado de defender este texto, que dotará de "más y mejores" garantías a las libertades de los ciudadanos y que protegerá a los agentes de las fuerzas de seguridad.

Tras una encendida polémica, en la que no se han ahorrado calificativos como ley "mordaza" o de "represión antidemocrática", el departamento de Fernández Díaz ha suavizado su borrador primitivo después de las aportaciones de varios ministerios, especialmente el de Justicia.

De este modo, de 21 infracciones muy graves -multadas con entre 30.000 y 600.000 euros- previstas en el primer borrador que salió a la luz pública, se ha pasado a siete, mientras que las graves serán 31 -sancionadas con entre 1.000 y 30.000 euros-, y las leves, 20, que conllevarán multa de 100 a 1.000 euros.

Uno de los puntos más polémicos fue la intención de Interior de sancionar con la máxima cantidad las protestas no comunicadas frente al Congreso u otras instituciones del Estado, aunque no estuvieran reunidas, y provocaran alteraciones de la seguridad ciudadana.

El texto que ha analizado Moncloa gradúa esta conducta según la gravedad de esa alteración. La no comunicación será una infracción leve, mientras que la perturbación del orden público en esa protesta será grave y, muy grave si esas manifestaciones se desarrollan en jornada electoral en cualquier lugar o se celebran ante infraestructuras críticas como aeropuertos o centrales nucleares.

Fernández Díaz ha dejado claro que el derecho de manifestación está garantizado "plenamente", así como los de información y de libertad de expresión, ya que lo único que pretende la futura ley es erradicar los comportamientos incívicos y vandálicos.

Serán infracción grave las ofensas o ultrajes a España, a las Comunidades Autónomas y a las entidades locales, así como a sus instituciones, símbolos, himnos o emblemas, efectuados por cualquier medio, cuando no sean constitutivo de delito.

El titular de Interior ha insistido en que las pancartas o las consignas "claramente vejatorias u ofensivas" a España y a las otras instituciones se multarán con hasta 30.000 euros.

No obstante, ha aclarado que las manifestaciones comunicadas y pacíficas cuyo fin es reclamar la unidad de España o, por el contrario, la independencia de algún territorio, lógicamente no tendrá reproche administrativo alguno.

Y si algo no ha gustado de los retoques del borrador ha sido la decisión de considerar finalmente leve en lugar de grave los insultos, coacciones y vejaciones a los agentes en sus actuaciones, así como la difusión de sus imágenes cuando estas atenten contra el honor de los policías.

Decisión que ha sido criticada tanto por el Sindicato Unificado de Policía (SUP) como la Confederación Española de Policía (CEP) y la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC), que han considerado que con la nueva ley seguirá saliendo gratis insultar a los agentes.

Incluso, uno de ellos, el secretario general de la CEP, Ignacio López, ha ido más lejos y ha dicho: "Me gustaría saber qué le parecería al ministro si alguien le orina en los pantalones".

Multas por acampar en la calle

Asimismo, acampar en la vía pública o colocar cualquier otra estructura no fija sin autorización, tales como tenderetes o pérgolas, podrá ser sancionado con multas que oscilan entre los 100 y los 1.000 euros, según el anteproyecto de Ley de Seguridad Ciudadana aprobado este viernes por el Consejo de Ministros.

Entre las infracciones leves se encuentra "la colocación no autorizada en la vía pública de elementos o estructuras no fijas, como tenderetes, pérgolas, tiendas de campaña, construcciones portátiles o desmontables u objetos análogos". Este artículo permitirá sancionar, por ejemplo, la acampada de la Puerta del Sol con motivo de las protestas del 15-M.

El texto también prevé la misma multa para aquellos que pierdan en tres o más ocasiones el DNI en un plazo de cinco años. Otro campo que regula esta Ley es la obligatoriedad de identificarse ante las Fuerzas de Seguridad que podrán inmovilizar a una persona hasta que se compruebe su identidad y que el documento que porta no es falso. Ahora los agentes podrán hacer esa gestión en el mismo lugar de forma telefónica o telemática.

Retirar precintos policiales

Este articulado regula que los agentes puedan requisar el documento durante unos minutos afectos de esta comprobación. Fuentes de Interior llaman la atención sobre el hecho de que en algunas manifestaciones había quien alegaba que el documento es personal e intransferible para no entregarlo a las autoridades. Por su parte, a los ciudadanos extranjeros no se les podrá desposeer de sus documentos de origen salvo mandato judicial.

También será falta leve la práctica de juegos o actividades deportivas en espacios públicos no habilitados para ello cuando exista riesgo de causar daños a las personas o bienes, así como el entorpecimiento de la circulación peatonal generando molestias innecesarias, el escalamiento de edificios o monumentos sin autorización o retirar las vallas o precintos colocados por las autoridades para delimitar un perímetro de seguridad.