BlaBlaCar se ha reivindicado como red social ante el juez de lo Mercantil número 2 de Madrid para rechazar que esté actuando como intermediario de servicios profesionales de transporte sin tener licencia para ello, tal como denuncia la patronal de transporte en autobús Confebús.

La plataforma asegura que su actividad es la de una red social, en la que sus usuarios intercambian información sobre sus viajes y preferencias, y que sólo gestiona dicha información, sin "tener incidencia alguna sobre los viajes".

La patronal del autobús, de su lado, dice que la plataforma intermedia servicios de transporte, dado que cobra una tasa de gestión a los usuarios, gestiona los pagos entre el conductor y los acompañantes, y emite un recibo o justificante final al dueño del vehículo.

En cuanto al impacto del coche compartido en el sector del transporte en autobús, BlaBlaCar indica que, según los informes encargados a expertos, es "marginal", y en todo caso inferior al 0,3%.

Por su parte, Confebús calcula que la oferta de viajes que publica la web de BlaBlacar llega a suponer una media del 20% de la oferta de los servicios de autobuses en algunas de las principales rutas, como son las que unen Madrid con Valencia o Alicante, un porcentaje que se eleva hasta el 44% en fines de semana o fechas de alta demanda de movilidad.

Estos son algunos de los argumentos que BlaBlaCar y Confebús han expuesto ante el juez Andrés Sánchez Magro en la vista celebrada este jueves para dirimir sobre la medida cautelar de suspensión de la actividad de la plataforma en España que la patronal del autobús solicita en la demanda que ha interpuesto contra la firma por supuesta competencia desleal.

Una vez escuchadas a ambas partes en la vista, que se prolongó por espacio de más de tres horas, el juez, el mismo que en su día resolvió el cierre de Uber, decidirá sobre dicha suspensión cautelar en las próximas semanas.

En su exposición, Confebús denuncia que BlaBlaCar es "claramente" un intermediario de servicio de transporte sin contar con la pertinente licencia para ello. Basa su acusación en el hecho de registra a los conductores que ofertan compartir su coche, les cobra una tasa de gestión, recibe el pago de los acompañantes que luego abona al conductor, al que además expide un 'tícket' o justificante.

Por su parte, la plataforma reconoce que cobra a quienes se registran en su web para compartir gastos de viaje una tasa en concepto de "gastos de gestión", destinada a "mantener la plataforma". La tasa tiene un importe fijo de 0,79 euros y otro variable, y en conjunto supone entre un 10% y un 20% del importe que pide el conductor de vehículo a sus potenciales acompañantes.

Sin animo de lucro

No obstante, garantiza que "el ánimo de lucro no tiene cabida en BlaBlaCar". Según detallan, el servicio está concebido para que el conductor que ofrece compartir gastos de viaje pueda llegar a cubrir los mismos, pero nunca lograr un beneficio.

Así, insiste en que su web cuenta con "múltiples mecanismos de prevención, control y bloqueo" para impedir el lucro de sus usuarios, que en caso de detectarse, supone la expulsión de la plataforma.

En esta línea, BlaBlaCar ha presentado al juez un estudio encargado a la firma Roland Berger que indica que en el último año tan sólo once usuarios del total de 2,5 millones que actualmente suma la red lograron cubrir el 100% de los gastos del viaje al compartirlo con un tercero a través de la plataforma, y que el 98% no cubren ni la mitad de los mismos.

En su exposición ante el juez, la red rechazó asimismo ser causante de la caída de viajeros del autobús. Además de aportar el referido dato de la incidencia en el sector, apuntó que el "declive" del autobús comenzó antes de la llegada de BlaBlaCar a España en 2010, y que la propia Confebús lo ha "achacado públicamente y en numerosas ocasiones" a otras razones, como son la crisis y la competencia de otros modos de transporte, como el AVE.

Guerra de leyes

Además, BlaBlaCar asegura cumplir "escrupulosamente" la legislación que le ampara que, por considerarse una red social, considera que es la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información.

En este punto, la patronal de autobuses afirmó no tener nada en contra del coche compartido ni en contra de BlaBlaCar, al indicar que sólo denuncian la prestación de un servicio sin acogerse "a las mismas reglas del juego" del resto de operadores que, por tratarse de un servicio de transporte, son las establecidas en la Ley de Ordenación de Transportes Terrestres (LOTT).

La plataforma expresó finalmente su confianza en los argumentos aportados al juez y en la Justicia, si bien confiesa afrontar con "preocupación" el proceso que consideran de "absoluta excepcionalidad", dado que España es el único país de entre los 19 en los que está presente la firma en el que se enfrentan a una denuncia de este tipo.

De hecho, asegura que ha sido "fomentada y respaldada" en otros países como Francia y Alemania, donde compartir coche está mucho más extendido, y donde se reconoce su contribución a la cohesión y a la eficiencia energética.