El Supremo ha decidido hoy tramitar el suplicatorio para actuar penalmente contra el diputado y exportavoz de la Generalitat Francesc Homs por dos delitos, desobediencia y prevaricación, tal y como le ha solicitado el instructor del caso en el alto tribunal.

La petición del Supremo excluye el delito de malversación, que también le imputaba el fiscal y, por tanto, cualquier pena de cárcel.

El instructor del caso contra el diputado y exportavoz de la Generalitat catalana, Andrés Palomo, ha formulado su petición mediante una exposición razonada en la cual considera que cabe proceder penalmente contra Homs por su actuación en la consulta del 9-N de 2014.

En esa fecha Homs pudo haber desobedecido, cree el citado juez, la suspensión de dicha consulta por el Tribunal Constitucional, una desobediencia consciente que también supone un posible delito de prevaricación.

Francesc Homs prestó declaración ante Palomo el pasado 19 de septiembre, cuando avanzó, en declaraciones a la prensa, que la sentencia de la causa judicial abierta contra él en el Tribunal Supremo está "cantada" porque será "condenatoria".

El exconseller de Presidencia de la Generalitat negó al Supremo, ante quien ha comparecido como investigado o imputado por el 9-N, haber desobedecido al Tribunal Constitucional respecto a la convocatoria.

El Tribunal Constitucional no concretó en ningún momento cuáles eran los ámbitos específicos de la convocatoria del 9-N a los que afectaba su suspensión, dado que emitió una resolución ambigua, amplia y genérica, de tal modo que no existió una prohibición clara a la que se opusiera Homs, declaró.

Por otro lado, el diputado del PDECat (Partit Demòcrata Europeu Català) dijo también que el Gobierno ofreció a la Generalitat "que si el presidente (Artur) Mas la noche del 9 no hacía una comparecencia pública, no harían nada".

De este modo, el diputado y exconseller de Presidencia defendió que, al no impedir la consulta del 9N el gobierno catalán cumplió con el mandato del Parlament y no infringió la ley, dado que tampoco el Gobierno hizo uso de los medios que tenía a su alcance para paralizarla.

"¿Como puedo tener yo la sensación de que estoy infringiendo la ley?", si no la tenía el Gobierno central, señaló también.

El Supremo abrió causa contra Homs después de que el juez que instruye la causa del 9-N en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña remitiera al alto tribunal una exposición razonada, al entender que había indicios contra el exconseller.

Según los fiscales, la clave para imputar a Homs parece ser un informe que el exconseller de Presidencia envió, supuestamente, a una empresa contratista del 9N.

En ese escrito Homs informaba de que las gestiones para preparar la consulta que encargaba a dicha empresa no vulneraban la suspensión de la consulta impuesta por el Tribunal Constitucional.

Dicha documentación fue remitida por el Centro de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información de la Generalitat (CTTI), al que la empresa T-Systems, encargada del dispositivo informático del 9N, pidió que aclarara si sus trabajos quedaban afectados por la suspensión de la consulta acordada por el Constitucional.

El director del CTTI elevó la consulta a sus superiores y el 6 de noviembre de 2014, dos días después de la suspensión del 9N, recibió una carta firmada por Homs en la que el exconseller mantenía que, de acuerdo con los servicios jurídicos consultados, los trabajos contratados no estaban afectados por la resolución del TC.