La Sección 23 de la Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado el recurso del exvicepresidente del Gobierno y expresidente de Bankia Rodrigo Rato en el que pedía que se archivara la pieza separada relativa al presunto blanqueo de capitales en la causa que se instruye por el origen presuntamente ilícito de su patrimonio familiar. Además, los magistrados instan al titular del Juzgado de Instrucción número 31 de Madrid que instruye la causa, Antonio Serrano-Arnal, a que le cite a declarar por estos hechos.

El juez le tomó declaración el pasado 5 de abril en el marco de la pieza sobre la facturación obtenida por las conferencias que impartió para Bureau Consulting de Conferenciantes (BCC) y suspendió la relativa a la causa del blanqueo, tras el recurso presentado por el exdirector gerente del Fondo Monetario Internacional (FMI) ante la Audiencia Provincial de Madrid solicitando el archivo y la suspensión de la citación.

El magistrado sobreseyó esta parte de la investigación en mayo del año pasado al considerar que el informe de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil en que se apoyaban las acusaciones carecía de sustento básico. No obstante, tuvo que reabrirla por orden igualmente de la Audiencia Provincial de Madrid.

En dicho informe, el Instituto Armado atribuía a Rato posibles delitos contra la Hacienda Pública, blanqueo de capitales, cohecho y malversación de caudales públicos, al aprovecharse, presuntamente, del proceso de privatización de empresas propiedad del Estado, como Endesa, Repsol o Telefónica, para "colocar" en los puestos de dirección a personas de confianza y obtener "sustanciosos contratos de publicidad".

Igualmente expuso que el expresidente de Bankia se valió de su influencia en dichos nombramientos para luego obtener "sustanciosos contratos de publicidad" a través de la sociedad Cor Comunicación --creada con sus hermanos y cuyo control adquirió por completo en 2013-- y otras derivadas también bajo su control como Muinmo o Emisoras Rato.

Pese al archivo provisional de esta parte de la instrucción, el juez expuso que los contratos se realizaron "con importes excesivos" y cifró en 71.902.822 euros la facturación provenientes de las empresas privatizadas durante su etapa en la vicepresidencia del gobierno.

No se produjo cohecho

El pasado mes de octubre, la Sección 23 de la Audiencia Provincial estimó parcialmente el recurso interpuesto por la Fiscalía Anticorrupción y ordenó al juez continuar con las diligencias de esta parte de la instrucción al entender que existen indicios suficientes de que "ha tenido sociedades domiciliadas en el extranjero utilizando como testaferros a sociedades fiduciarias, sin actividad social conocida".

En su auto del 5 de octubre la Audiencia estableció, no obstante, que se mantuviera el sobreseimiento provisional por el delito de cohecho. En relación a este tipo delictivo, el juez Serrano-Arnal apuntó que, de haberse producido, estaría prescrito desde 2014, diez años después de su salida del Ejecutivo, por lo que no cabe investigación relativa a estos hechos.