Olivier Bernard es el futbolista que ha propiciado la sentencia

La UE avala la política de cantera

Lus clubs tienen derecho a percibir una compensación por la formación de jóvenes promesas que fichen por otro equipo

EFE BRUSELAS

Los clubes de fútbol europeos que han formado en su cantera a un jugador "promesa" tienen derecho a reclamar una compensación si al firmar un primer contrato profesional, el joven ficha por otro equipo, según ha establecido hoy el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Esa indemnización se determinaría "teniendo en cuenta los gastos soportados por los clubes para formar tanto a los futuros jugadores profesionales como a los que jamás llegarán a serlo", señala la sentencia.

La corte de Luxemburgo se ha pronunciado a partir del caso del ex jugador francés Olivier Bernard, de la cantera del Olympique Lyonnais, quien antes de acabar su periodo de formación rechazó un contrato profesional de su propio club para fichar por el inglés Newcastle UFC. El Olympique ha litigado desde entonces en los tribunales contra Bernard y el Newcastle para reclamarles el pago de una indemnización. La defensa del jugador y el club inglés abogaban por la preeminencia del derecho de libre circulación de trabajadores mientras que el Olympique quería hacer valer el objetivo de los clubes de fomentar la contratación de jóvenes jugadores tras su etapa de formación. El club francés también respaldaba su argumentación jurídica en el hecho de que el estatuto del fútbol profesional de la Federación francesa establece que los jugadores "promesa" están obligados, cuando el club le ha formado lo exige, a firmar al término de la formación su primer contrato como jugador profesional con ese club. El Tribunal de Justicia estima que el régimen francés iba "más allá de lo necesario para fomentar la contratación y la formación de los jóvenes jugadores así como para financiar esas actividades". Según la corte, ya en la sentencia Bosman de 1995 el tribunal estableció que "habida cuenta de la considerable importancia social que revisten dentro de la Unión la actividad deportiva y, más especialmente, el fútbol, ha de reconocerse que el objetivo consistente en alentar la contratación y la formación de jóvenes jugadores es legítimo".

Y para ver si el sistema restringe el derecho a la libre circulación de esos jugadores puede garantizar la realización de ese objetivo y no va más allá de lo necesario para lograrlo, "es preciso tener en cuenta las características especiales del deporte en general, y del fútbol en particular, al igual que sus funciones social y educativa", ha subrayado el tribunal.

hoyenfdsdeportes

 

marcador deportivo

Levante-emv.com y Levante-EMV son un producto de Editorial Prensa Ibérica
Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de Levante-emv.com. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.
 


  Aviso legal
  
  
Otros medios del grupo Editorial Prensa Ibérica
Diari de Girona  | Diario de Ibiza  | Diario de Mallorca  | Empordà  | Faro de Vigo  | Información  | La Opinión A Coruña  |  La Opinión de Granada  |  La Opinión de Málaga  | La Opinión de Murcia  | La Opinión de Tenerife  | La Opinión de Zamora  | La Provincia  |  La Nueva España  | Mallorca Zeitung  | Regió 7  | Superdeporte  | The Adelaide Review  | 97.7 La Radio  | Blog Mis-Recetas  | Loteria Navidad